/ miércoles 27 de marzo de 2024

8 de marzo, elementos sustanciales que el estado debe privilegiar

Trascurrieron algunos días de las manifestaciones en el Estado de Tlaxcala para conmemorar el Día Internacional de la Mujer, por parte de mujeres, colectivos, sociedad civil organizada y demás personas, quienes en su conjunto, expresaron diversas problemáticas que se presentan en el Estado; para este artículo solo quisiera referirme a las inconformidades de las y los manifestantes respecto de la impartición de justicia, no porque tenga la intención de minimizar alguna problemática, pero en su momento hablaremos sobre las demás expresiones de molestia.

Ahora bien, el acceso a la justicia para las víctimas del delito se encuentra señalado por deficiencias en la impartición de justicia, deficiencias que van orientadas en establecer que existen dilaciones innecesarias, revictimizaciones, fallas en las investigaciones, falta de personal capacitado e infraestructura, por citar algunos ejemplos.

Me viene a la mente que, si bien es cierto, el Estado (Ejecutivo, Legislativo y Judicial) hace esfuerzos para consolidar el acceso a la impartición de justicia, cierto es que el Estado debe complementar aquellas obligaciones con elementos esenciales para materializar los derechos, me refiero a la disponibilidad, accesibilidad, calidad y aceptabilidad.

Para mejor ejemplificar, la disponibilidad, accesibilidad, calidad y aceptabilidad, la correlación de estos elementos con el acceso a la justicia, versa en que la ingeniería institucional deba adoptar medidas tendientes a fortalecer las acciones afirmativas tomando en cuenta los elementos citados, y a que, los encargados de impartir justicia al momento de ejercer sus funciones observen de manera adecuada el elemento disponibilidad, bajo el contexto, de proveer la suficiencia de los servicios, mejoras en su infraestructura, procedimientos inmediatos e integrales, que en todo momento se adecuen sistemas de evaluación para propiciar progresos continuos, pues si bien, no se duda que no existan, es oportuno redoblar esfuerzos para tener eficiencia.

Un elemento más es la accesibilidad, es de las de mayor relevancia para tener un verdadero ejercicio de acceso a la justicia, ya que si bien se cuenta con la Fiscalía, Procuraduría General de Justicia del Estado, Tribunal Superior de Justicia, Organismos Autónomos que dirimen controversias en la vía jurisdiccional, aún nos encontramos con actos discriminatorios, falta de infraestructura en lugares cercanos a la población que lo necesita, cobros excesivos, sin contar que persisten actos de corrupción, con esto se limita una verdadera accesibilidad a la justicia pronta y expedita, por lo tanto, el Estado debe optar, en garantizar a todos los grupos de atención prioritaria una eficiente materialización de los derechos humanos de las víctimas sin discriminación alguna.

Al referirnos a la aceptabilidad, se tiene que voltear a ver y responder a las necesidades que presenta cada peticionaria o peticionario, es decir, hay un cumplimiento de un derecho reclamado cuando la respuesta se amolda a las necesidades particulares de cada persona.

En cuanto a la calidad, es un elemento como los demás, preponderante en la ingeniería gubernamental, ya que implica que los medios y contenidos por los cuales se busca la concretización del derecho cumplan los estándares legales previstos y las propiedades aceptables para cumplir con su fin.

Aunque no lo parezca, los esfuerzos del Estado existen para materializar los derechos humanos; sin embargo, es momento de ver la ventaja de cumplir con los elementos esenciales para que, de esa manera, las obligaciones del Estado se perciban reales, efectivas, eficaces y eficientes.

Consejero Consultivo de la CEDH

8 de marzo, elementos sustanciales que el estado debe privilegiar (disponibilidad, accesibilidad, calidad y aceptabilidad)