/ viernes 6 de septiembre de 2024

Anatomía de lo social / Acta

La burocracia de los países latinos parece

se ha establecido para vejar al público.

Franz Kafka


La esencia de uno de los documentos más importantes para la identificación de una persona es el popularmente conocido como acta de nacimiento, cuyo fundamento le otorga a los ciudadanos, hombre o mujer, un reconocimiento legal, dándole identidad, no solo en cuanto al nombre, sino además le define su nacionalidad y lo ubica legalmente en el seno de una familia. Estas son algunas de las características que se contemplan en el instrumento referido, además de su utilidad para la realización de un sinnúmero de trámites, incluidos, entre otras tantas cosas, el de la obtención de algún beneficio de salud, seguridad social y de educación; en este sentido, resulta necesario considerar parte de los procesos que se realizan a partir de la reforma al reglamento interior del Registro Civil.

No es discutible el asunto del interés administrativo por darle una atención pronta a quienes tienen la necesidad de solicitar el acta de nacimiento, en independencia al uso que cada quien le dará en cuanto se tenga el documento; sin embargo, la excesiva demanda ha rebasado las posibilidades y capacidades institucionales, causando serios problemas a los demandantes.

No se puede soslayar que ante el crecimiento de los solicitantes y la diferencia de los casos particulares, también se han propiciado grandes confusiones a pesar de haber diseñado una plataforma que permite el acceso en línea y la facilidad para imprimir el acta de nacimiento, sólo bastando cumplir con los requisitos para ello; tampoco puede negarse que haber regionalizado al estado en cinco sedes, lo que suponía rapidez y eficacia en el trámite, las referidas se localizan en Apizaco, Ixtacuixtla, San Pablo del Monte, Teacalco y Tetla de la Solidaridad, desafortunadamente, en contrasentido a lo proyectado, la evidencia parece decir que no están funcionando las estrategias como se pretendía.

Después de valorar el fondo de la estructura organizacional, el problema radica en la forma, las dificultades se presentan cuando se tiene que hacer alguna aclaración para corregir los datos contenidos en un registro original, primero la obligatoriedad de cumplir con una serie de “otros” requisitos que, a veces, son tan complicados que no hay manera de solventarlos, en consecuencia, la obtención del acta de nacimiento, aunque sea urgente, tendrá que esperar.

En un ejemplo para ilustrar la problemático de un trámite para realizar una aclaración, hay que acudir, de inicio, a la ventanilla de información, no existe tal en físico, solo hay una persona que “orienta” sobre el proceso: primero, la revisión de documento, se debe llevar fotocopia del acta de nacimiento certificada, motivo de la aclaración, una imagen del acta del archivo central, obvio, con el respectivo pago, después otros cinco documentos probatorios, entre los que se destacan: CURP, cartilla del servicio militar, acta de matrimonio, acta de nacimiento de hijos, escrituras, tarjeta de Inapam, certificado de estudios; luego de “cumplir” con lo exigido, el interesado o interesada debe hacer una solicitud de trámite, finalmente, presentar los documentos en original y copia, o en su caso copias certificadas por un notario, es evidente entonces que la facilidad para obtener el acta de nacimiento se torna más difícil, y no sólo eso, sino además del costo de la misma. Por otro lado, ante el desconocimiento, se debe consultar con la persona encargada de “ayudar” en la orientación, pareciera es la parte más simple, sin embargo, la persona encargada de informar no tiene el conocimiento suficiente de los procesos, mala cosa.

Con el mismo ejemplo, en otras circunstancias, comenzar el proceso se presume sencillo, sólo es suficiente ir al Registro Civil donde se encuentra el registro de la persona, después, ir a la sede alterna para solicitar otra imagen de lo asentado en el libro; dicho de otra manera, la primera imagen es del municipio, la segunda es del estado, bajo el supuesto de que las dos imágenes deben ser iguales por el cotejo, resulta que por un error de quienes se encargaron de trascribir los datos del municipio de origen, se equivocaron y cambiaron los datos originales, y ahora resulta que el interesado, por un error ajeno a su voluntad, tiene que pagar las consecuencias, entonces hay que cumplir nuevamente con otros requisitos y, por supuesto, con el pago o los pagos correspondientes.

Desafortunadamente, este tipo de situaciones, como ocurre en otros casos, la interpretación de la ley, aunque pareciera correcta, ha propiciado la desconfianza en la institución, alcanzando a quienes las dirigen, por el asunto, es al Registro Civil del estado, quien tendrá que asumir la responsabilidad de los errores cometidos por los encargados de replicar correctamente la información original, ni qué decir de los escribientes en los registros públicos locales, pues a su arbitrio escribían, o escriben, de acuerdo a su personal criterio y preparación, omitiendo datos importantes como los nombres completos, considerando los apellidos, quizá por negligencia o la prisa de que el hijo tuviera su acta de nacimiento, los padres tampoco tenían, o tienen, el cuidado de verificar si el nombre o los nombres se habían asentado correctamente, actualmente aquí están las consecuencias.

Sin que se entienda como una contradicción, se debe reconocer que hay personas muy comprometidas para resolver los problemas generados en otros tiempos y por otras personas, por eso, es necesario, dando muestras de conocimiento y de experiencia, no malinformar a la gente, por el contrario, ofrecen la posibilidad para resolver, si eso ocurriera en todo momento, tal vez ya no habría exigencias sin sentido y sí el ofrecimiento de un resultado pronto y expedito para cuando se solicita un acta de nacimiento.


La burocracia de los países latinos parece

se ha establecido para vejar al público.

Franz Kafka


La esencia de uno de los documentos más importantes para la identificación de una persona es el popularmente conocido como acta de nacimiento, cuyo fundamento le otorga a los ciudadanos, hombre o mujer, un reconocimiento legal, dándole identidad, no solo en cuanto al nombre, sino además le define su nacionalidad y lo ubica legalmente en el seno de una familia. Estas son algunas de las características que se contemplan en el instrumento referido, además de su utilidad para la realización de un sinnúmero de trámites, incluidos, entre otras tantas cosas, el de la obtención de algún beneficio de salud, seguridad social y de educación; en este sentido, resulta necesario considerar parte de los procesos que se realizan a partir de la reforma al reglamento interior del Registro Civil.

No es discutible el asunto del interés administrativo por darle una atención pronta a quienes tienen la necesidad de solicitar el acta de nacimiento, en independencia al uso que cada quien le dará en cuanto se tenga el documento; sin embargo, la excesiva demanda ha rebasado las posibilidades y capacidades institucionales, causando serios problemas a los demandantes.

No se puede soslayar que ante el crecimiento de los solicitantes y la diferencia de los casos particulares, también se han propiciado grandes confusiones a pesar de haber diseñado una plataforma que permite el acceso en línea y la facilidad para imprimir el acta de nacimiento, sólo bastando cumplir con los requisitos para ello; tampoco puede negarse que haber regionalizado al estado en cinco sedes, lo que suponía rapidez y eficacia en el trámite, las referidas se localizan en Apizaco, Ixtacuixtla, San Pablo del Monte, Teacalco y Tetla de la Solidaridad, desafortunadamente, en contrasentido a lo proyectado, la evidencia parece decir que no están funcionando las estrategias como se pretendía.

Después de valorar el fondo de la estructura organizacional, el problema radica en la forma, las dificultades se presentan cuando se tiene que hacer alguna aclaración para corregir los datos contenidos en un registro original, primero la obligatoriedad de cumplir con una serie de “otros” requisitos que, a veces, son tan complicados que no hay manera de solventarlos, en consecuencia, la obtención del acta de nacimiento, aunque sea urgente, tendrá que esperar.

En un ejemplo para ilustrar la problemático de un trámite para realizar una aclaración, hay que acudir, de inicio, a la ventanilla de información, no existe tal en físico, solo hay una persona que “orienta” sobre el proceso: primero, la revisión de documento, se debe llevar fotocopia del acta de nacimiento certificada, motivo de la aclaración, una imagen del acta del archivo central, obvio, con el respectivo pago, después otros cinco documentos probatorios, entre los que se destacan: CURP, cartilla del servicio militar, acta de matrimonio, acta de nacimiento de hijos, escrituras, tarjeta de Inapam, certificado de estudios; luego de “cumplir” con lo exigido, el interesado o interesada debe hacer una solicitud de trámite, finalmente, presentar los documentos en original y copia, o en su caso copias certificadas por un notario, es evidente entonces que la facilidad para obtener el acta de nacimiento se torna más difícil, y no sólo eso, sino además del costo de la misma. Por otro lado, ante el desconocimiento, se debe consultar con la persona encargada de “ayudar” en la orientación, pareciera es la parte más simple, sin embargo, la persona encargada de informar no tiene el conocimiento suficiente de los procesos, mala cosa.

Con el mismo ejemplo, en otras circunstancias, comenzar el proceso se presume sencillo, sólo es suficiente ir al Registro Civil donde se encuentra el registro de la persona, después, ir a la sede alterna para solicitar otra imagen de lo asentado en el libro; dicho de otra manera, la primera imagen es del municipio, la segunda es del estado, bajo el supuesto de que las dos imágenes deben ser iguales por el cotejo, resulta que por un error de quienes se encargaron de trascribir los datos del municipio de origen, se equivocaron y cambiaron los datos originales, y ahora resulta que el interesado, por un error ajeno a su voluntad, tiene que pagar las consecuencias, entonces hay que cumplir nuevamente con otros requisitos y, por supuesto, con el pago o los pagos correspondientes.

Desafortunadamente, este tipo de situaciones, como ocurre en otros casos, la interpretación de la ley, aunque pareciera correcta, ha propiciado la desconfianza en la institución, alcanzando a quienes las dirigen, por el asunto, es al Registro Civil del estado, quien tendrá que asumir la responsabilidad de los errores cometidos por los encargados de replicar correctamente la información original, ni qué decir de los escribientes en los registros públicos locales, pues a su arbitrio escribían, o escriben, de acuerdo a su personal criterio y preparación, omitiendo datos importantes como los nombres completos, considerando los apellidos, quizá por negligencia o la prisa de que el hijo tuviera su acta de nacimiento, los padres tampoco tenían, o tienen, el cuidado de verificar si el nombre o los nombres se habían asentado correctamente, actualmente aquí están las consecuencias.

Sin que se entienda como una contradicción, se debe reconocer que hay personas muy comprometidas para resolver los problemas generados en otros tiempos y por otras personas, por eso, es necesario, dando muestras de conocimiento y de experiencia, no malinformar a la gente, por el contrario, ofrecen la posibilidad para resolver, si eso ocurriera en todo momento, tal vez ya no habría exigencias sin sentido y sí el ofrecimiento de un resultado pronto y expedito para cuando se solicita un acta de nacimiento.