Los niños son el recurso más importante del
mundo y la mejor esperanza para el futuro.
John Fitzgerald Kennedy
Hace apenas un par de días se celebraba pomposamente el Día Mundial Contra el Trabajo Infantil, instituido por la Organización Internacional del Trabajo en el año 2002, cuyo propósito fundamental es fomentar entre las diferentes sociedades una conciencia humanista para enfrentar un fenómeno creciente, a nivel mundial, sobre aquellas formas que atentan en el desarrollo normal de los niños y adolescentes, específicamente cuando se ocupan en trabajos que los denigran como personas, así como por no tener la edad suficiente para el ejercicio de las actividades laborales.
Tal como lo refieren los convenios No. 182 y 138, los que se refieren a las peores formas del trabajo infantil, y sobre la edad mínima de admisión al empleo. De igual manera, la resolución A/73/L emitida el 25 de julio de 2019 por la Asamblea General de las Naciones Unidas, en la que se declara el 2021 como el Año Internacional para la Eliminación del Trabajo Infantil.
Sin menoscabo a tantas celebraciones, leyes, acuerdos, resoluciones, prohibiciones, discursos, es imperioso atender un problema que es muy recurrente y que solo se ha limitado a maquillar una realidad observable en lo cotidiano de la vida, cuando en las calles se encuentran a niños y niñas limpiando los parabrisas de los autos, haciendo malabares con una pelota, o bien, pidiendo dinero mientras el padre mal toca un instrumento, con esto, es donde se transforma la actividad realizada en una forma de obtener dinero para la subsistencia.
Aunque pareciera una forma de ayuda familiar, también existen otras formas donde los riesgos son mayores y los niños y niñas sufren de vejaciones y maltratos por quienes se dicen sus protectores; es decir, hay diferentes tipos de abuso que trasgreden no solo la voluntad, sino la provocación de daños sicológicos y físicos en los menores. Entre otros tantos, se encuentra una forma de sometimiento y control, bajo la amenaza de dañar a los familiares, es decir, los incorporan a un perverso delito denominado trata de personas, cuyas ganancias obtenidas le retribuyen a sus “protectores” muchos miles de pesos, esta práctica es una de las que más daño le causan a los niños y las niñas.
Aunque en menor escala, el endeudamiento de la familia obliga a utilizar a los hijos para que, con su trabajo, puedan cubrir lo que se debe pagar, producto de un préstamo o hasta de una hipoteca; sin la preocupación de considerar las necesidades y derechos de los niños, en este mismo sentido, cuando la familia carece de recursos económicos, los hijos, aunque se ocupan en tareas del mismo grupo social, se impide o se le quita toda posibilidad de asistir a la escuela, mucho menos se les gratifica por el trabajo realizado; en casos menores, es cuando se da a las hijas en “matrimonio” para reducir los gastos de la familia, desde luego con los mismos problemas que son inherentes, peor aun cuando la esposa pasa a ser servidumbre y no compañera.
A pesar de lo evidente, no solo la permisibilidad o participación de la familia puede considerarse como la única forma de reconocimiento a esta problemática, también se debe señalar, desde otra perspectiva, cuando intervienen los empleadores “formales”, las autoridades y, por supuesto, el padre de familia, en este sentido es cuando se violentan las leyes, respecto de las prohibiciones que existen en cuanto se contratan personas entre los 14 y los 16 años, en el caso, se deberá contar con el permiso de correspondiente ante las autoridades laborales; estableciéndose además, se supone, los horarios para las jornadas de trabajo, debiendo ser de seis horas con un intervalo de descanso de media hora; en este mismo sentido, están prohibidas las jornadas nocturnas, el trabajo en lugares insalubres y peligrosos, o que les afecten su moral; en este círculo vicioso, se puede asegurar que ni autoridades ni empleadores cumplen con sus obligaciones, los primeros para otorgarles seguridad, y las autoridades para verificar que el patrón cumpla con sus obligaciones. Por lo tanto, se infiere que no se aplican, en caso de ser necesario, las sanciones correspondientes cuando se violentan los derechos de quienes tienen que trabajar aun cuando sean menores de edad.
El trabajo infantil, según algunos especialistas, comprende el trabajo que los niños son demasiado jóvenes para realizar y/o el trabajo que, por su naturaleza o circunstancia, es probable que dañe su salud, seguridad o integridad moral. Sin duda, en la simpleza de la definición, es probable que los niños y las niñas que se desempeñan en cualquier actividad de trabajo, no tienen, o no cuentan con los elementos necesarios para su desempeño.
Aunque no parece sencillo reducir, no eliminar, como lo pretenden en el discurso las diferentes organizaciones que han hecho aportaciones para enfrentar este fenómeno, es importante reconocer, cuando menos en el ámbito nacional y local, que una de las fórmulas mas significativas de atención y tratamiento del abuso en el trabajo infantil, es el reconocimiento a sus derechos constitucionales, donde la salud y la educación son prioridades; por otro lado, si así fuera necesario, que se legisle para que los empleadores les otorguen a su trabajadores infantiles todas las garantías para su desarrollo, evitando el maltrato y el abuso en este tipo de situaciones.