/ lunes 1 de julio de 2024

Cuando veas las barbas de tu vecino cortar…

El 24 de mayo de 2023, hace poco más de un año, se elevó a rango constitucional una iniciativa de la sociedad civil, especialmente de las organizaciones feministas, que legislaturas estatales y federal retomaron para convertir en Ley y posteriormente incorporar a la Carta Magna.

La ley se conoce como 3 de 3 y prohíbe ocupar cargos de representación popular, ni ser funcionarios públicos a quienes hayan sido sentenciados por violencia familiar, delitos sexuales y a los morosos en el pago de pensiones alimentarias. Aún me parece increíble que se deba legislar para que violentos e irresponsables no puedan gobernar, pero, así las cosas, en nuestro todavía muy machista país.

Fue un gran paso cumplido en tiempo y forma para que quienes cayeran en estas categorías fueran inelegibles para participar en el proceso electoral 2024 y aún con ello, partidos y organismos electorales se hicieron “de la vista gorda” para no cumplir con el mandato legal y moral.

Según los dolorosos datos que el Inegi consigna, tres de cuatro hijos de padres separados no reciben la pensión alimenticia, aunque la ley obliga al menos al 15 % del salario para cada hijo (a). Ante ello, si bien desde 2011 existían Registros similares estatales, el 30 de abril de 2019 la Cámara de Diputados aprobó crear el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, cuyo objetivo es concentrar la información de deudores y acreedores de obligaciones alimentarias, y dar efectiva protección y restitución de sus derechos a menores de edad.

Las y los menores deben estar por encima de diferendos -por más graves que sean- de sus progenitores. El Registro puede y debe ser consultado para efectos de obtención de: licencias y permisos de conducir, pasaporte o documento de identidad o viaje, solicitudes de matrimonio, trámites que se realicen ante notario público relativos a compraventa de bienes inmuebles y la constitución o transmisión de derechos reales, participación como aspirante a cargos de jueces, magistrados a nivel local o federal; y, participación como candidato a cargos de elección popular.

Es el caso que, por vez primera en México, se ha revocado definitivamente la constancia de mayoría a un deudor moroso de pensiones alimentarias; Luis Alberto Carballo, del Partido Verde, ganador con el 57 % de los votos en Lerma, Estado de México. Los magistrados le declararon inelegible al confirmar que se encuentra inscrito en el padrón de deudores alimentarios morosos. Su espacio en la Cámara de Diputados lo ocupará su suplente.

El magistrado presidente de la Sala Regional Toluca indicó que, durante su comparecencia, “el candidato aseguró que ya se puso al corriente con sus obligaciones, pero este hecho no es lo que determina su elegibilidad, sino su cancelación definitiva del padrón -al momento de ser postulado- por parte de la autoridad que determina su inscripción en la lista de deudores morosos”.

Salir del padrón, enfatizó el jurista, requiere un procedimiento y no se trata de cumplir en el momento en que se va a ser postulado porque durante determinado plazo ya se dejó desprotegido a un menor y se atentó contra su dignidad.

Lo grave aquí, lo verdaderamente de fondo, es la cantidad de padres (y madres) que se desentienden de sus hijos e hijas aún sin vivir en precariedad. Esto solo manifiesta el resentimiento que se le tiene a la expareja, pues dejar de responsabilizarse castiga a quien procura la manutención cotidiana. Las y los niños comen tres veces al día, van a la escuela, necesitan ropa, etc.; no todo es “tengo una buena relación con mi hija y cumplo con las visitas ordenadas por el tribunal” como argumentó el sancionado.

Me alegra profundamente que la Constitución y la justicia se hayan cumplido. En serio, si a alguien no le duele su sangre, ¿le va a doler el país? ¿cómo podría el ciudadano común esperar un buen desempeño público? Para quienes están en esa situación de incumplimiento, queda decir: cuando veas las barbas de tu vecino cortar… no nos detendremos. Poco a poco, pero habrá justicia.



El 24 de mayo de 2023, hace poco más de un año, se elevó a rango constitucional una iniciativa de la sociedad civil, especialmente de las organizaciones feministas, que legislaturas estatales y federal retomaron para convertir en Ley y posteriormente incorporar a la Carta Magna.

La ley se conoce como 3 de 3 y prohíbe ocupar cargos de representación popular, ni ser funcionarios públicos a quienes hayan sido sentenciados por violencia familiar, delitos sexuales y a los morosos en el pago de pensiones alimentarias. Aún me parece increíble que se deba legislar para que violentos e irresponsables no puedan gobernar, pero, así las cosas, en nuestro todavía muy machista país.

Fue un gran paso cumplido en tiempo y forma para que quienes cayeran en estas categorías fueran inelegibles para participar en el proceso electoral 2024 y aún con ello, partidos y organismos electorales se hicieron “de la vista gorda” para no cumplir con el mandato legal y moral.

Según los dolorosos datos que el Inegi consigna, tres de cuatro hijos de padres separados no reciben la pensión alimenticia, aunque la ley obliga al menos al 15 % del salario para cada hijo (a). Ante ello, si bien desde 2011 existían Registros similares estatales, el 30 de abril de 2019 la Cámara de Diputados aprobó crear el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, cuyo objetivo es concentrar la información de deudores y acreedores de obligaciones alimentarias, y dar efectiva protección y restitución de sus derechos a menores de edad.

Las y los menores deben estar por encima de diferendos -por más graves que sean- de sus progenitores. El Registro puede y debe ser consultado para efectos de obtención de: licencias y permisos de conducir, pasaporte o documento de identidad o viaje, solicitudes de matrimonio, trámites que se realicen ante notario público relativos a compraventa de bienes inmuebles y la constitución o transmisión de derechos reales, participación como aspirante a cargos de jueces, magistrados a nivel local o federal; y, participación como candidato a cargos de elección popular.

Es el caso que, por vez primera en México, se ha revocado definitivamente la constancia de mayoría a un deudor moroso de pensiones alimentarias; Luis Alberto Carballo, del Partido Verde, ganador con el 57 % de los votos en Lerma, Estado de México. Los magistrados le declararon inelegible al confirmar que se encuentra inscrito en el padrón de deudores alimentarios morosos. Su espacio en la Cámara de Diputados lo ocupará su suplente.

El magistrado presidente de la Sala Regional Toluca indicó que, durante su comparecencia, “el candidato aseguró que ya se puso al corriente con sus obligaciones, pero este hecho no es lo que determina su elegibilidad, sino su cancelación definitiva del padrón -al momento de ser postulado- por parte de la autoridad que determina su inscripción en la lista de deudores morosos”.

Salir del padrón, enfatizó el jurista, requiere un procedimiento y no se trata de cumplir en el momento en que se va a ser postulado porque durante determinado plazo ya se dejó desprotegido a un menor y se atentó contra su dignidad.

Lo grave aquí, lo verdaderamente de fondo, es la cantidad de padres (y madres) que se desentienden de sus hijos e hijas aún sin vivir en precariedad. Esto solo manifiesta el resentimiento que se le tiene a la expareja, pues dejar de responsabilizarse castiga a quien procura la manutención cotidiana. Las y los niños comen tres veces al día, van a la escuela, necesitan ropa, etc.; no todo es “tengo una buena relación con mi hija y cumplo con las visitas ordenadas por el tribunal” como argumentó el sancionado.

Me alegra profundamente que la Constitución y la justicia se hayan cumplido. En serio, si a alguien no le duele su sangre, ¿le va a doler el país? ¿cómo podría el ciudadano común esperar un buen desempeño público? Para quienes están en esa situación de incumplimiento, queda decir: cuando veas las barbas de tu vecino cortar… no nos detendremos. Poco a poco, pero habrá justicia.