En el marco del Mundial de Futbol a celebrarse en Qatar, en reciente videoconferencia pública realizada por el portal de noticias MARCA Claro, la embajadora de México en ese país, Graciela Gómez García, informó que se esperan aproximadamente 50,000 aficionados mexicanos durante la Copa del Mundo.
En esa misma entrevista, la diplomática explicó que “Qatar es un país musulmán, conservador, y se caracteriza por una hospitalidad que envuelve a los visitantes. Cada visitante que venga al país tiene que tener una noción de que hay usos y costumbres distintas a los nuestras”.
Pero, ¿cuáles son las costumbres en Qatar? Al ser un país musulmán, sus tradiciones son distintas a las que existen en Latinoamérica. Hay conductas que son castigadas, como ser grosero con el prójimo o gritar en la calle, cosas que se pueden castigar con multas de 3 mil riyales qataríes (800 dólares), seis meses de cárcel o ser deportado si eres extranjero.
De igual forma, existe una política de cero tolerancia a conducir bajo los efectos del alcohol, consumir bebidas alcohólicas en espacios públicos y estar en estado de ebriedad. La grabación de videos y toma de fotografías con equipo profesional o semiprofesional, requiere de un permiso especial. Los gestos públicos de afecto o de intimidad, así como las relaciones sexuales fuera del matrimonio, son ilegales.
También es de considerar su legislación respecto de los derechos de las mujeres y de la comunidad LGBTTTIQA+, en menoscabo de los derechos humanos universales reconocidos en el ámbito universal y que nuestro orden constitucional reconoce a su favor. Citaré sólo dos derechos:
Derechos de las mujeres. De acuerdo con el sistema de tutela masculina, en Qatar las mujeres están ligadas a su tutor varón, habitualmente su padre o un hermano, abuelo, tío o esposo. Necesitan su permiso para tomar decisiones vitales clave, tales como casarse, estudiar en el extranjero, trabajar en puestos del gobierno, viajar al extranjero hasta cierta edad y recibir algunos servicios de salud reproductiva. Les dificultan el divorcio, y si lo logran, no pueden ejercer la tutela de sus hijas e hijos.
En el reconocimiento de los derechos de las mujeres extranjeras, también existe un grave retroceso. Recordemos recientemente el caso de Paola Schietekat (mexicana), quien llegó a Doha, Qatar, en febrero de 2020 para trabajar para el gobierno qatarí y en 2021 fue víctima de una agresión sexual. Sin embargo, cuando acudió a las autoridades para presentar la denuncia, el caso se volvió en su contra y fue acusada de “sexo extramarital”, un delito bajo la ley islámica sharía, por lo cual le fue impuesta una condena de 7 años de prisión y 100 latigazos. Como alternativa, le dijeron, podía evitar esa pena si se casaba con su agresor.
En su oportunidad, El Financiero informó que, luego de un largo proceso judicial realizado a la economista, politóloga y antropóloga mexicana, la Secretaría de Relaciones Exteriores (SRE) informó que de una última audiencia realizada en el mes de abril, la defensa sometió a la consideración del juez y del procurador fiscal los argumentos legales, situación por la cual Schietekat quedó libre de los cargos que se le acusaron.
En el segundo ejemplo, respecto de los derechos de la población LGBTTTI+, el Código Penal de Qatar tipifica las relaciones homosexuales entre hombres como un delito punible con hasta siete años de prisión.
Joseph Blatter, ex presidente de la FIFA, informó que gays y lesbianas que asistieran a Qatar en la temporada mundialista se abstuvieran de toda actividad sexual. En esa perspectiva, considero que es significativamente grave la situación de los derechos humanos de al menos dos sectores de la población, debido a que no cuentan con mecanismos de defensa en ese país.
*Presidenta de la CEDH