Magistrado Enrique Acoltzi Conde
Las Procuradurías Municipales actúan como el primer contacto para garantizar la atención y protección de las niñas, niños y adolescentes en sus comunidades, cuentan con un equipo interdisciplinario conformado por procuradores, asesores jurídicos, psicólogos y trabajadores sociales, a fin de garantizar una respuesta oportuna y eficaz ante cualquier vulneración de derechos. Este enfoque no solo resalta la importancia de la protección infantil, sino que también promueve el bienestar y desarrollo integral de las futuras generaciones en Tlaxcala.
El modelo de atención que rige a las Procuradurías Municipales para la Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en el Estado de Tlaxcala, es un instrumento clave para la defensa y promoción de los derechos de la infancia. Esta herramienta se fundamenta en un análisis exhaustivo de la legislación local, nacional e internacional, garantizando un enfoque progresivo en la atención de las niñas, niños y adolescentes.
El documento se organiza en secciones que detallan los procedimientos y estándares necesarios para la recepción, diagnóstico, formulación de planes de restitución de derechos, seguimiento y cierre de casos. Su enfoque dinámico establece circuitos de actuación y define las responsabilidades de cada actor involucrado en la protección de derechos; se encuentra conformado por una parte teórica que comprende, además de su objeto, un marco jurídico, antecedentes históricos, las definiciones de la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes en el Estado y de lo que es una Procuraduría Municipal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, cuál es la principal función de cada una de estas instancias y quienes la integran. Además, se conforma de una parte práctica, que comprende: la forma de operación de las Procuradurías Municipales de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, flujograma de la intervención de la Procuraduría Municipal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, desarrollo de la intervención del Procuraduría Municipal de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes y los criterios de valoración sobre la urgencia de la intervención.
El modelo proporciona directrices basadas en la Ley General de Derechos Niñas, Niños y Adolescentes y Ley de Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado de Tlaxcala, que guían el actuar de las Procuradurías Municipales y sus equipos multidisciplinarios. Además, establece canales de comunicación con la Procuraduría de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes del Estado, asegurando una coordinación efectiva. Entre los principios que rigen este modelo se encuentran:
- Interés superior de la niñez: Se prioriza el bienestar de los niñas, niños y adolescentes en todas las decisiones que los afectan.
- Singularidad: Las intervenciones se adaptan a las características individuales de cada niña, niño y adolescente.
- Corresponsabilidad: La protección de los derechos de los niñas, niños y adolescentes es una responsabilidad compartida entre la familia, la comunidad y el Estado.
- Acceso a la justicia: Implica el derecho de recurso de la NNA y a ser representado por personal jurídico especializado en niñez y adolescencia, desde el inicio del procedimiento judicial o administrativo que le incluya.
- Idoneidad: Alude a la selección del tipo y ámbito de cuidado alternativo para cada NNA, según sus necesidades.
Conclusión
Entre las herramientas metodológicas con las que actualmente cuentan las autoridades que atienden la posible vulneración a los derechos de niñas, niños y adolescentes, se encuentra el Modelo General de Atención de Procuradurías Municipales de Protección de Niñas, Niños y Adolescentes, el cual surge como respuesta a las necesidades y al proceso continuo de las actividades a cargo de cada Procuraduría Municipal de Protección en la atención a la infancia y adolescencia en situación de vulnerabilidad; su correcta adaptación a las problemáticas de la sociedad actual, asegura una gestión eficiente y colaborativa, bajo un enfoque integral que es fundamental para afrontar los desafíos en la protección de los derechos de los infantes.
*Titular de la Tercera Ponencia de la Sala Civil Familiar del TSJE