/ jueves 11 de julio de 2024

Espacio INE / La participación de las personas en prisión preventiva

MIRNA EUGENIA GARDUÑO RUIZ*


Fueron 15 las mujeres y 234 los hombres que votaron en la pasada Jornada Electoral del 2 de junio, la participación electoral de las personas en prisión preventiva constituyó un primer ejercicio nacional en el que todas las personas que se encontraran con esta condición ejercieran su derecho a votar de manera libre e informada, si bien dependió del acercamiento con cada una de las autoridades penitenciarias en las entidades federativas, el ánimo nacional se mostró siempre por la garantía y respeto al los derechos de todos y todas.

El párrafo tercero del artículo primero de nuestra constitución dispone que, todas las autoridades en el ámbito de sus competencias tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado mexicano deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

Asimismo, según lo previsto en los artículos 35, fracción I, y 38, fracciones II, III y VI de la misma Constitución, es derecho de la ciuadanía votar en elecciones populares, a su vez los derechos o prerrogativas de las y los ciudadanos se suspenden por estar sujetas o sujetos a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal, a contar desde la fecha de la emisión del auto de formal prisión; durante la extinción de una pena corporal, y por sentencia ejecutoria que imponga como pena esa suspensión.

En Tlaxcala, la jornada de votación se llevó a cabo el día 18 de mayo, el personal del INE instaló la mesa de recepción del voto; se armaron e instalaron las mamparas especiales para recibir la votación en secreto; se mostró que la caja paquete-electoral se encontrara debidamente cerrada; se procedió a abrirla y extraer la documentación que contenía los sobres que contuvieron las boletas, así como el listado nominal; se mostró que el líquido indeleble contaba con los sellos de seguridad, y se explicó a las personas que votarían la dinámica para pasar por su sobre, lo que contenía dentro y cómo deberían guardar su boleta ya marcada en el sobre correspondiente y este, a su vez, en el sobre de seguridad para posteriormente cerrarlo.

Esos votos fueron resguardados en los consejos distritales hasta el día 2 de junio cuando, a las 17:00 horas, se entregó la totalidad de ellos a las personas funcionarias de casilla, para dejar en manos de la ciudadanía que fue doblemente sorteada para integrar las Mesas de Escrutinio y Cómputo, la clasificación y conteo de los votos, conteo que plasmaron en las actas de escrutinio y cómputo para integrar el expediente de esa mesa.

En esta ocasión, sólo pudieron sufragar en la elección de Presidencia de la República, es posible que la progresividad de derechos suponga ampliarlos hacia la elección de las senadurías y diputaciones, en el ámbito federal. En el caso de la elección local, adicionalmente será necesario que se legisle al respecto y conocer con ello a cuántas y cuáles elecciones locales tendrían acceso las personas en prisión preventiva.

Sin duda, el éxito de este primer ejercicio en nuestra entidad abonará en la organización y coordinación con las autoridades a cargo de los Centros de Reinserción Social y en las próximas elecciones seguramente estaremos nuevamente acudiendo a invitar y recibir la votación de todas las personas en prisión preventiva, respetando el mandato constitucional sobre la universalidad del voto.


*Vocal de Organización Electoral Junta Local Ejecutiva del INE en Tlaxcala



MIRNA EUGENIA GARDUÑO RUIZ*


Fueron 15 las mujeres y 234 los hombres que votaron en la pasada Jornada Electoral del 2 de junio, la participación electoral de las personas en prisión preventiva constituyó un primer ejercicio nacional en el que todas las personas que se encontraran con esta condición ejercieran su derecho a votar de manera libre e informada, si bien dependió del acercamiento con cada una de las autoridades penitenciarias en las entidades federativas, el ánimo nacional se mostró siempre por la garantía y respeto al los derechos de todos y todas.

El párrafo tercero del artículo primero de nuestra constitución dispone que, todas las autoridades en el ámbito de sus competencias tienen la obligación de promover, respetar, proteger y garantizar los derechos humanos de conformidad con los principios de universalidad, interdependencia, indivisibilidad y progresividad. En consecuencia, el Estado mexicano deberá prevenir, investigar, sancionar y reparar las violaciones a los derechos humanos, en los términos que establezca la ley.

Asimismo, según lo previsto en los artículos 35, fracción I, y 38, fracciones II, III y VI de la misma Constitución, es derecho de la ciuadanía votar en elecciones populares, a su vez los derechos o prerrogativas de las y los ciudadanos se suspenden por estar sujetas o sujetos a un proceso criminal por delito que merezca pena corporal, a contar desde la fecha de la emisión del auto de formal prisión; durante la extinción de una pena corporal, y por sentencia ejecutoria que imponga como pena esa suspensión.

En Tlaxcala, la jornada de votación se llevó a cabo el día 18 de mayo, el personal del INE instaló la mesa de recepción del voto; se armaron e instalaron las mamparas especiales para recibir la votación en secreto; se mostró que la caja paquete-electoral se encontrara debidamente cerrada; se procedió a abrirla y extraer la documentación que contenía los sobres que contuvieron las boletas, así como el listado nominal; se mostró que el líquido indeleble contaba con los sellos de seguridad, y se explicó a las personas que votarían la dinámica para pasar por su sobre, lo que contenía dentro y cómo deberían guardar su boleta ya marcada en el sobre correspondiente y este, a su vez, en el sobre de seguridad para posteriormente cerrarlo.

Esos votos fueron resguardados en los consejos distritales hasta el día 2 de junio cuando, a las 17:00 horas, se entregó la totalidad de ellos a las personas funcionarias de casilla, para dejar en manos de la ciudadanía que fue doblemente sorteada para integrar las Mesas de Escrutinio y Cómputo, la clasificación y conteo de los votos, conteo que plasmaron en las actas de escrutinio y cómputo para integrar el expediente de esa mesa.

En esta ocasión, sólo pudieron sufragar en la elección de Presidencia de la República, es posible que la progresividad de derechos suponga ampliarlos hacia la elección de las senadurías y diputaciones, en el ámbito federal. En el caso de la elección local, adicionalmente será necesario que se legisle al respecto y conocer con ello a cuántas y cuáles elecciones locales tendrían acceso las personas en prisión preventiva.

Sin duda, el éxito de este primer ejercicio en nuestra entidad abonará en la organización y coordinación con las autoridades a cargo de los Centros de Reinserción Social y en las próximas elecciones seguramente estaremos nuevamente acudiendo a invitar y recibir la votación de todas las personas en prisión preventiva, respetando el mandato constitucional sobre la universalidad del voto.


*Vocal de Organización Electoral Junta Local Ejecutiva del INE en Tlaxcala