Tras la denuncia que el Instituto Nacional de Antropología e Historia (INAH) presentó ante la Fiscalía General de la República (FGR), a Morton Subastas por poner a la venta manuscritos del siglo XVIII y XIX que poseen la calidad de Monumentos Históricos, la casa salió en su defensa y en un comunicado informó que retiraría los lotes 34 y147 de la venta programada para el próximo 21 de julio.
“Reiteramos nuestro compromiso social en la conservación y preservación del patrimonio, por lo que fueron retirados los lotes 34 y 147, de la próxima subasta de libros y documentos a realizarse el 21 de julio del 2020. Como es nuestra política, Morton Subastas no procederá a comercializar lotes que generen dudas o sospechas sobre su origen”.
La Secretaría de Cultura y el INAH tuvieron conocimiento de dicha subasta, a través del catálogo hecho público por la propia casa de subastas.. A partir de ello, el 06 de julio de 2020, un especialista del Instituto realizó el dictamen en materia de estos documentos históricos.
“La sustracción de bienes históricos y/o artísticos de colecciones públicas y privadas es un delito grave que debe investigarse para procurar justicia; de allí la importancia de contar con catálogos e inventarios que den cuenta del patrimonio cultural, poniendo énfasis en las obras reportadas como robada”, se añade en el comunicado.
Por otra parte, informó que la casa cuenta con protocolos que bajo este tipo de circunstancias les permiten mitigar el riesgo de sufrir las consecuencias de ello, y que consisten en:
1. Difundir de manera pública y masiva los catálogos de nuestras subastas
2. Hacer de conocimiento público los resultados de las ventas
3. Somos parte del sistema internacional Art Loss que revisa y coteja los catálogos de subastas en todo el mundo con los reportes de robo.
“Como es de su conocimiento, Morton Subastas no adquiere los lotes que ofrece, se limita a ser un intermediario entre particulares; garantizando siempre la visibilidad y transparencia de las operaciones de compra-venta.
Gracias a la política de publicar y difundir las obras en los catálogos respectivos, los especialistas o presumibles terceros interesados, pueden manifestarse conforme a su derecho convenga o en su caso en favor del interés público”.
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