/ jueves 16 de noviembre de 2017

¡Aprueban prohibición de espectáculos itinerantes con mamíferos marinos!

La empresa argumentó que la reforma violaba sus derechos a la igualdad, la libertad de comercio, audiencia y a la seguridad jurídica

De manera unánime, ministros de la Primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determinaron que es válido que se prohíban los espectáculos itinerantes con mamíferos marinos, por lo que negaron un amparo a la empresa Convimar, propietaria de nueve delfines y lobos marinos, con los que realizaba espectáculos acuáticos de forma itinerante por diversos puntos del país.

En sesión de este jueves, los ministros analizaron el proyecto de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, en el que se estudió la constitucionalidad del artículo 60 Bis de la Ley General de Vida Silvestre que, a raíz de una reforma de 2015, prohíbe la utilización de mamíferos marinos en espectáculos itinerantes (circos y ferias).

Se explicó que la empresa, argumentó que la reforma a la Ley General de Vida Silvestre que prohibió la realización de estos espectáculos de forma itinerante desde 2014, era contraria a la Constitución y violaba sus derechos a la igualdad, la libertad de comercio, audiencia y a la seguridad jurídica, entre otros.

En su proyecto, Piña Hernández, destacó que la prohibición de realizar espectáculos itinerantes con mamíferos marinos es una medida que protege el derecho a un medio ambiente sano, al que debe tener acceso toda la sociedad.

“Las actividades que producen más mortalidad en delfines, son la captura y, en segundo lugar, el transporte, debido a las condiciones rudimentarias y el estrés asociado” señaló la ministra ponente.

Sostuvo que la prohibición del artículo en cuestión debe ser analizada  a la luz del derecho humano a un medio ambiente sano y la correlativa obligación del Estado de garantizarlo, pues es una medida especial para el manejo y conservación de las especies en riesgo, lo que responde al compromiso asumido por el Estado mexicano a través del Convenio sobre la Diversidad Biológica que, entre otras cuestiones, identificó al delfín nariz de botella como especie en riesgo.

Se determinó que no resulta comparable la situación de los espectáculos itinerantes que utilizan mamíferos marinos con aquella de los espectáculos fijos, pues el legislador en su exposición de motivos advirtió que el traslado constante que exigen los espectáculos itinerantes provoca estrés crónico en este tipo de animales, lo que desencadena múltiples enfermedades y, consecuentemente, aumenta la tasa de mortalidad de los mamíferos marinos.

/amg

De manera unánime, ministros de la Primera sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, determinaron que es válido que se prohíban los espectáculos itinerantes con mamíferos marinos, por lo que negaron un amparo a la empresa Convimar, propietaria de nueve delfines y lobos marinos, con los que realizaba espectáculos acuáticos de forma itinerante por diversos puntos del país.

En sesión de este jueves, los ministros analizaron el proyecto de la ministra Norma Lucía Piña Hernández, en el que se estudió la constitucionalidad del artículo 60 Bis de la Ley General de Vida Silvestre que, a raíz de una reforma de 2015, prohíbe la utilización de mamíferos marinos en espectáculos itinerantes (circos y ferias).

Se explicó que la empresa, argumentó que la reforma a la Ley General de Vida Silvestre que prohibió la realización de estos espectáculos de forma itinerante desde 2014, era contraria a la Constitución y violaba sus derechos a la igualdad, la libertad de comercio, audiencia y a la seguridad jurídica, entre otros.

En su proyecto, Piña Hernández, destacó que la prohibición de realizar espectáculos itinerantes con mamíferos marinos es una medida que protege el derecho a un medio ambiente sano, al que debe tener acceso toda la sociedad.

“Las actividades que producen más mortalidad en delfines, son la captura y, en segundo lugar, el transporte, debido a las condiciones rudimentarias y el estrés asociado” señaló la ministra ponente.

Sostuvo que la prohibición del artículo en cuestión debe ser analizada  a la luz del derecho humano a un medio ambiente sano y la correlativa obligación del Estado de garantizarlo, pues es una medida especial para el manejo y conservación de las especies en riesgo, lo que responde al compromiso asumido por el Estado mexicano a través del Convenio sobre la Diversidad Biológica que, entre otras cuestiones, identificó al delfín nariz de botella como especie en riesgo.

Se determinó que no resulta comparable la situación de los espectáculos itinerantes que utilizan mamíferos marinos con aquella de los espectáculos fijos, pues el legislador en su exposición de motivos advirtió que el traslado constante que exigen los espectáculos itinerantes provoca estrés crónico en este tipo de animales, lo que desencadena múltiples enfermedades y, consecuentemente, aumenta la tasa de mortalidad de los mamíferos marinos.

/amg

Local

Malinche, pulmón que resiste a todo; cumple 86 años como parque nacional

El PNM tiene una superficie de 46 mil 112 hectáreas, de las cuales 16 mil 761 son de coníferas

Local

Asumirá ITE funciones de Consejo Municipal en elección extraordinaria en Tecopilco y Tetla

El órgano responsable de llevar a cabo sus funciones es el Consejo General

Local

El Centro Canino Antirrábico inició la Cuarta Jornada Estatal de Esterilización Gratuita

Esterilización, el único control poblacional de canes y gatos en la entidad, asegura especialista de la Sesa; inician cuarta jornada

Local

Cerca de 258 mil alumnos de Tlaxcala serán beneficiados con la beca "Rita Cetina Gutiérrez”

El apoyo de mil 900 pesos bimestrales será a partir del próximo año, en el nivel secundaria

Policiaca

Lamentable hecho: joven albañil muere al ser atacado por canes

Aristeo N., de 27 años de edad, se dirigía a su domicilio luego de acudir al baile popular con motivo de la feria patronal en San Damián Tlacocalpan, Amaxac