El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a la Secretaría de Agricultura y Desarrollo Rural (Sader) dar a conocer la información en la que se basó el titular de la dependencia, Víctor Manuel Villalobos, para afirmar, vía redes sociales, que la iniciativa Fertilizantes para el Bienestar es “un programa exitoso”.
Adrián Alcalá Méndez, comisionado del organismo autónomo, puntualizó que toda la información que se proporciona a la sociedad debe poder ser verificada conforme a lo establecido en la Ley Federal de Transparencia, es decir, que se pueda comprobar, con el fin de que ésta sea fidedigna.
La relevancia de este recurso de revisión, señaló, “radica en la utilidad del derecho de acceso a la información como una herramienta para que la sociedad tenga acceso a las fuentes que sustenten los datos que dan a conocer las personas servidoras públicas en ejercicio de sus atribuciones”.
“Demos certeza a la sociedad mexicana, ya que las redes sociales, hoy en día, representan una herramienta poderosísima y una importante fuente de información”, recalcó.
La persona que solicitó la información sobre el programa Fertilizantes para el Bienestar presentó un recurso de revisión ante el INAI, mediante el cual se inconformó con la respuesta de la Sader, que declaró inexistente lo requerido.
En alegatos, el sujeto obligado, a través de la Dirección General de Suelos y Agua, señaló que no cuenta con atribuciones para realizar publicaciones en la red social X (antes Twitter), a la que hace referencia la persona recurrente, motivo por el cual, no se cuenta con la información solicitada.
Tras analizar el caso, el comisionado Alcalá Méndez manifestó que lo requerido se refiere a un mensaje dado a conocer por el titular de la Sader, no a las publicaciones realizadas por la Dirección General de Suelos y Agua.
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El sujeto obligado, añadió, “sólo remitió la solicitud de acceso a la información a la Dirección General de Suelos y Agua, pero omitió turnarla a otras unidades que podrían atender el requerimiento, como al propio titular de la dependencia, así como a las Coordinaciones Generales de Agricultura y la de Comunicación Social”.
Expuso que para compartir la información publicada por Villalobos Arámbula, es decir, por el Secretario de Agricultura y Desarrollo Rural en la red social X, “se tuvo que haber realizado forzosamente una investigación que debió generar el soporte documental de dicha publicación”.
Con base en los argumentos presentados, la ponencia determinó que el sujeto obligado incumplió con los principios de congruencia y exhaustividad que deben seguirse en todo acto administrativo.