Hace un año, algunas empresas y organizaciones financieras privadas denunciaron que empresarios y personas físicas tenían problemas para agendar una cita en el Servicio de Administración Tributaria (SAT).
La problemática comenzó a raíz de la pandemia y se agravó con el despido de personal, así como restricciones de aforos en oficinas del SAT, detalló Reginaldo Esquer Félix, vicepresidente de Justicia y Asuntos Tributarios de la Coparmex.
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Debido a eso, en todo el 2021 se desencadenó una ola de corrupción, ya que a través de redes sociales se vendían citas hasta por 15 mil pesos e incluso las personas tenían que agendar en algún otro estado donde haya disponibilidad
“Hay citas, pero no son suficientes. Hay quien logra obtener una cita después de tres desvelos o en plena madrugada. No es que el SAT esté parado y no quiera dar citas”, comentaba Juan Carlos Bojorges, presidente del Colegio de Contadores Públicos de México.
Después de un año con dificultades para conseguir citas, el Servicio de Administración Tributaria, mediante un comunicado, invita a los contribuyentes a asistir a las citas agendadas, ya que los lugares apartados podrían servir a otras personas que si necesitan acudir a la institución.
Esto ocurre tras una revisión de de las cifras enfocadas a la renovación de firmas electrónicas. Por tal motivo, el SAT exhorta a los contribuyentes a terminar el proceso al que se anotaron, o si no pueden pueden asistir, que cancelen la cita.
Al menos el 40 por ciento de quienes se anotan para una cita de renovación de firma electrónica no acuden a sus cita. A su vez, para las citas que se brinda información en las oficinas de atención al contribuyente se registra en promedio un 51 por ciento de abandono.
El SAT concluye en que hay un incremento notorio del año del año 2020, y 2021 a la fecha lo cual resulta preocupante. El único rubro donde no resulta una excepción es la cancelación de personas morales.
Si quieres presentar tu declaración anual, esto es lo que debes saber
De acuerdo con el SAT, deberán cumplir con esta obligación todas las personas que obtuvieron ingresos por salarios y que se encuentran en los siguientes regímenes:
• Servicios profesionales (honorarios).
• Actividades empresariales.
• Plataformas tecnológicas.
• Arrendamiento.
• Intereses.
• Dividendos.
• Enajenación de bienes.
• Adquisición de bienes.
De igual forma, deberán presentar su declaración las personas que recibieron ingresos por salarios de dos o más empleadores o si además de salarios obtuvieron ingresos de otra actividad; y aquellas que además de obtener ingresos por salarios, obtienen ingresos por intereses nominales superiores a 20 mil pesos.
Las personas físicas que reciban ingresos por salarios pueden verificar sus recibos a través del "Visor de nómina para el trabajador" en el siguiente enlace: https://www.sat.gob.mx/declaracion/97720/consulta-el-visor-de-comprobantes-de-nomina-para-el-trabajador.
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Para presentar la declaración anual los usuarios deberán contar con su Contraseña y e.firma, la cual podrán generar o renovar a través del micrositio SAT ID.