Para atender las reformas en materia de justicia laboral, aprobadas en 2017, el Poder Judicial en Tlaxcala habilitará dos juzgados laborales, al encontrarse la entidad en el segundo bloque de estados en los que la resolución de las diferencias o conflictos entre trabajadores y patrones estará cargo de los tribunales laborales.
De acuerdo con el plazo establecido por la federación en la entidad a partir del mes de octubre entrará en vigor la nueva legislación en materia laboral, por lo que serán los tribunales los que asuman las funciones de las Juntas locales y federales de Conciliación y Arbitraje, la facultad de resolución de conflictos.
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Y es que derivado de la reforma publicada el 16 de marzo de 2021, a la Ley Orgánica del Poder Judicial, será facultad de este ente impartir justicia de manera pronta, gratuita, completa e imparcial, en los asuntos de orden laboral.
De ahí que el Consejo de la Judicatura local determinó la creación de los Juzgados primero y segundo de lo Laboral del Poder Judicial del Estado de Tlaxcala, con competencia en toda la entidad, para atender todos los ordenamientos relacionados con el Nuevo Sistema de Justicia Laboral.
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Durante el plazo para que entren en operaciones tendrá que conformarse la estructura orgánica, integrar al personal que cuente con experiencia en materia laboral; además de generar los programas de sensibilización, actualización y profesionalización dirigido al público en general y al personal del Poder Judicial, acorde al Nuevo Sistema de Justicia Laboral.
La selección del personal se someterá a concurso de carácter abierto al público en general. Entre sus facultades destacan la resolución de las diferencias o los conflictos entre trabajadores y patrones; conflictos y procedimientos individuales así como colectivos; el despacho y diligenciación de exhortos y requisitorias de naturaleza laboral.
El Juzgado Primero de lo laboral entrará en funciones en la misma fecha que el Centro de Conciliación Laboral del Estado de Tlaxcala.
- El Juzgado Primero de lo Laboral iniciará su funcionamiento en la fecha que emita el Congreso local y el segundo cuando las posibilidades presupuestarias lo permitan.
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