/ miércoles 16 de noviembre de 2022

[Actualización] Crean fiscalía que investigará tortura, dependerá de la PGJE

Tendrá autonomía técnica para el conocimiento, investigación y persecución de delitos en la materia

Con 24 votos a favor, el pleno del Congreso del Estado aprobó la creación de la Fiscalía Especializada de Investigación de Delitos de Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes, la cual dependerá de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE).

Además, también entrarán en funciones las áreas especializadas en Investigación y Persecución de los Delitos en Materia de Trata de Personas y la Especializada en Personas Desaparecidas y No Localizadas.

Entérate:➡️Urge CNDH a Tlaxcala a crear unidad contra tortura

Lo anterior, después de reformar y adicionar diversas fracciones de la Ley Orgánica de la Institución del Ministerio Público del Estado de Tlaxcala (MP) para dar vida a los organismos antes señalados.

En este sentido, la Fiscalía Especializada en la Investigación de Delitos de Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, tendrá autonomía técnica para el conocimiento, investigación y persecución de delitos de tortura y malos tratos en el ejercicio de las facultades previstas en la Ley general.

Además, podrá requerir a las instancias del sector público competentes y del sector privado en los casos que disponga la Ley General de Víctimas, para brindar atención médica, psicológica y jurídica a las personas víctimas de las conductas previstas en dicha Ley general.

Lee también:➡️Emite CNDH recomendación a Tlaxcala por omisiones en presunto caso de trata, de 2019

De esta forma, la PGJE será competente para el despacho de los asuntos mencionados, los cuales podrán ser atendidos por la o el procurador; la o el subprocurador de operaciones; la o el fiscal especializado en combate a la corrupción.

Asimismo, serán las y los jefes de departamento o de unidad, las y los agentes del MP, entre otros funcionarios los que atiendan a los afectados.

Para el ejercicio de sus facultades, funciones y despacho de los asuntos de su competencia, la Procuraduría contará con dichos organismos, donde la especializada en la Investigación de Delitos de Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes podrá investigar y perseguir los delitos previstos en dicha Ley.

No dejes de leer:➡️PGJE dará disculpa pública a víctimas de detención arbitraria y tortura cometidas en 2016 por personal de esa dependencia

Por otro lado, para integrar la fiscalía, el interesado deberá cumplir con los diversos requisitos de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, lo cual también aplicará para el titular de la Fiscalía.

Además, el titular tendrá el carácter de Agente del Ministerio Público y será nombrado y removido por el procurador o procuradora de justicia, además de cumplir con otras disposiciones generales.

En su función, podrá requerir la participación de las autoridades en materia de atención a víctimas, en términos de las disposiciones aplicables, así como ejecutar, supervisar y evaluar el protocolo homologado y los de actuación, entre otras atribuciones conferidas.

Lee también:➡️Investigan más de 7 mil casos de tortura

Para su funcionalidad, el o la titular de la PGJE deberá efectuar los ajustes presupuestales necesarios y, en un plazo de 90 días naturales siguientes a la publicación del presente decreto, la titular de la PGJE realizará las modificaciones administrativas necesarias para garantizar el correcto y oportuno ejercicio de las funciones a cargo de la Fiscalía.

LEE MÁS: ⬇️


Con 24 votos a favor, el pleno del Congreso del Estado aprobó la creación de la Fiscalía Especializada de Investigación de Delitos de Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas o Degradantes, la cual dependerá de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE).

Además, también entrarán en funciones las áreas especializadas en Investigación y Persecución de los Delitos en Materia de Trata de Personas y la Especializada en Personas Desaparecidas y No Localizadas.

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Lo anterior, después de reformar y adicionar diversas fracciones de la Ley Orgánica de la Institución del Ministerio Público del Estado de Tlaxcala (MP) para dar vida a los organismos antes señalados.

En este sentido, la Fiscalía Especializada en la Investigación de Delitos de Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, tendrá autonomía técnica para el conocimiento, investigación y persecución de delitos de tortura y malos tratos en el ejercicio de las facultades previstas en la Ley general.

Además, podrá requerir a las instancias del sector público competentes y del sector privado en los casos que disponga la Ley General de Víctimas, para brindar atención médica, psicológica y jurídica a las personas víctimas de las conductas previstas en dicha Ley general.

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De esta forma, la PGJE será competente para el despacho de los asuntos mencionados, los cuales podrán ser atendidos por la o el procurador; la o el subprocurador de operaciones; la o el fiscal especializado en combate a la corrupción.

Asimismo, serán las y los jefes de departamento o de unidad, las y los agentes del MP, entre otros funcionarios los que atiendan a los afectados.

Para el ejercicio de sus facultades, funciones y despacho de los asuntos de su competencia, la Procuraduría contará con dichos organismos, donde la especializada en la Investigación de Delitos de Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes podrá investigar y perseguir los delitos previstos en dicha Ley.

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Por otro lado, para integrar la fiscalía, el interesado deberá cumplir con los diversos requisitos de la Ley General para Prevenir, Investigar y Sancionar la Tortura y Otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanos o Degradantes, lo cual también aplicará para el titular de la Fiscalía.

Además, el titular tendrá el carácter de Agente del Ministerio Público y será nombrado y removido por el procurador o procuradora de justicia, además de cumplir con otras disposiciones generales.

En su función, podrá requerir la participación de las autoridades en materia de atención a víctimas, en términos de las disposiciones aplicables, así como ejecutar, supervisar y evaluar el protocolo homologado y los de actuación, entre otras atribuciones conferidas.

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Para su funcionalidad, el o la titular de la PGJE deberá efectuar los ajustes presupuestales necesarios y, en un plazo de 90 días naturales siguientes a la publicación del presente decreto, la titular de la PGJE realizará las modificaciones administrativas necesarias para garantizar el correcto y oportuno ejercicio de las funciones a cargo de la Fiscalía.

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