El Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) determinó este día, como fecha fatal para que los partidos políticos retiren toda su basura electoral, de lo contrario serán los municipios quienes lo hagan, pero la Dirección de Prerrogativas, Administración y Fiscalización (Dpayf) se encargará de descontarles en sus prerrogativas un porcentaje para el pago de ese servicio a las direcciones de servicios municipales.
Con tres votos a favor, determinaron que una vez concluida la Jornada Electoral, la Dirección de Organización Electoral, Capacitación y Educación Cívica del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (Doecyec) notificó a los partidos políticos y candidatos independientes, sobre el retiro y tienen hasta hoy 31 de julio para cumplirlo.
Una vez concluido el plazo, fijará el inicio y calendario de verificación, de manera aleatoria en los 60 municipios y, en los primeros 20 días de agosto, realizarán un recorrido, junto con el personal municipal la ubicarán y quitarán.
Para efectos de notificación las comunas deberán especificar la ubicación de la basura retirada, con evidencia fotográfica; la cantidad, en caso de bardas, requerirán la ubicación, metros lineales blanqueados, así como imagen digital e impresa del antes y después.
El informe del municipio deberá ser notificado mediante oficio en la oficialía de partes del ITE a más tardar el día 10 de septiembre, en caso de hacerlo, darán 72 horas posteriores para que lo remitan.
Para el costo del retiro por parte de los ayuntamientos, la Dpayf hará una estimación de los costos y la cual deberá ser anexada al oficio de notificación a las autoridades municipales, una vez que se haya dado a conocer a las representaciones de los partidos políticos y candidatos independientes en su caso y será descontado.
¿Qué dice la ley?
Artículo 177. Una vez terminadas las campañas electorales la propaganda electoral deberá ser retirada o eliminada por los propios partidos políticos o los candidatos, o por las personas o empresas que ellos autoricen, a más tardar el último día de junio del año de la elección; de no hacerlo, se ordenará a las autoridades municipales su retiro, en cuyo caso el costo de dichos trabajos se descontará de las prerrogativas económicas del partido político que infrinja esta disposición. Quien incumpliera con esta obligación, el costo que implique el retiro de su propaganda tendrá el carácter de crédito fiscal, el cual se hará efectivo al candidato incumplido en términos de las leyes aplicables locales.
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