Aprueba INE observadores para consulta de revocación de mandato

Vigilarán 17 personas los actos de preparación y desarrollo del proceso

Diana Zempoalteca | El Sol de Tlaxcala

  · sábado 9 de abril de 2022

Contará Tlaxcala con 17 observadores electorales para la consulta de revocación de mandato. / Archivo | El Sol de Tlaxcala

En sesión extraordinaria, los integrantes del Consejo local del Instituto Nacional Electoral (INE) aprobaron a 17 observadores electorales para el proceso de consulta de revocación de mandato, tras determinar que cumplieron con los requisitos que establece la normativa electoral.

Durante la plenaria, el presidente del Consejo local del INE, Jesús Lule Ortega, señaló que tras la aprobación del acuerdo se legaliza la participación de las personas que observarán los actos de preparación y desarrollo de la consulta conforme a lo establecido en materia electoral.

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Los integrantes del Consejo también determinaron rechazar tres solicitudes presentadas, debido a que no cumplieron con los requisitos establecidos para desempeñarse como observadores electorales.

Cabe señalar que las 17 personas avaladas como observadoras electorales en Tlaxcala, que se encuentran debidamente acreditados, podrán presentar ante el INE dentro de los 30 días posteriores a la jornada de consulta un informe en formato digital editable sobre lo que observó.

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Tendrá que especificar la entidad federativa a la que pertenece, los distritos o municipios en los que observó, las etapas del proceso de revocación de mandato en las que participó, el número de casillas y su ubicación en las que acudió, además de una breve descripción de las actividades realizadas.

Tras la aprobación de la autoridad electoral, las personas que se encuentren acreditadas como tal tendrán derecho a presenciar todos los actos de carácter público de preparación de la consulta popular, incluyendo los que se lleven a cabo durante la jornada electoral, así como las sesiones de los órganos electorales pertenecientes al INE.

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La observación podrá realizarse en cualquier ámbito territorial de la República mexicana; y las personas acreditadas podrán solicitar ante los órganos electorales la información electoral que requieran para el mejor desarrollo de sus actividades, siempre que no sea reservada o confidencial de acuerdo con los términos fijados en la ley.

  • Los integrantes del Consejo también determinaron rechazar tres solicitudes presentadas, debido a que no cumplieron con los requisitos.

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