Atención: queda prohibido la publicidad y exhibición de cigarros

Al igual que en el resto de la entidades, en Tlaxcala no está permitida la venta de golosinas o juguetes que se asemejen a un producto del tabaco

Karla Muñetón | El Sol de Tlaxcala

  · miércoles 18 de enero de 2023

Está prohibida la publicidad, promoción y exhibición de cigarros y cualquier producto del tabaco. Karla Muñetón | El Sol de Tlaxcala

Desde el pasado domingo en Tlaxcala, al igual que en el resto de los estados del país, está prohibida la publicidad, promoción y exhibición de cigarros y cualquier producto del tabaco.

Y es que ese día enteraron en vigor las reformas hechas al Reglamento de la Ley General para el Control del Tabaco, que tienen como fin ampliar la protección de la población contra la exposición al humo de tabaco y emisiones, en particular de los niños y jóvenes en todo el país.

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Las nuevas disposiciones establecen la prohibición total de toda forma de publicidad y promoción de productos de tabaco, marcas o fabricantes para venderlos o alentar su consumo.

Está prohibida la publicidad, promoción y exhibición de cigarros y cualquier producto del tabaco. Karla Muñetón | El Sol de Tlaxcala

Eso en medios de comunicación, revistas, diarios, periódicos, folletos, volantes, boletines, cartas, vallas publicitarias, carteles, letreros, redes sociales, radio, cine, televisión, teatro, espectáculos en vivo, películas cinematográficas, DVD y CD.

También señala que los comercios, negocios, establecimientos y puntos de venta, deben evitar la exhibición de esos productos de tabaco y nicotina.

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En su lugar, dice la ley, los dueños o vendedores deberán colocar una lista textual y escrita de los productos con sus precios, sin logotipos, sellos o marcas.

También queda prohibida la elaboración, venta y entrega de alimentos, golosinas, juguetes y otros objetos que se asemejen a un producto del tabaco y que puedan resultar atractivos para promover su venta o alentar su consumo en menores de edad, así como el uso de dibujos de tipo animado en publicidad o envases de productos del tabaco.

Los nuevos lineamientos reiteran el respeto a los no fumadores en espacios públicos, para lo cual deben existir zonas 100 % libres de humo de tabaco, a donde no podrán ingresar menores de edad.

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La ley indica la restricción para consumir o tener encendido cualquier producto de tabaco o nicotina en espacios de concurrencia colectiva como patios, terrazas, balcones, parques de diversiones, área de juegos o lugares donde permanezcan o se congreguen niños y adolescentes.

Así también en parques de desarrollo urbano, deportivos, playas, centros de espectáculos y entretenimiento, canchas, estadios, arenas, plazas comerciales, mercados, hoteles, hospitales, centros de salud, clínicas médicas, sitios o lugares de culto religioso, lugares de consumo o servicio de alimentos o bebidas y paraderos de transporte.

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