Avalan en Tlaxcala la 3 de 3 contra la violencia de género

El Consejo General del ITE también avaló la obligatoriedad de postular a diputaciones locales dos fórmulas indígenas

Karla Muñetón | El Sol de Tlaxcala

  · sábado 28 de noviembre de 2020

Con el respaldo de los partidos políticos, a excepción de Movimiento Regeneración Nacional que manifestó su inconformidad, la noche de este sábado el Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) avaló la aplicación en Tlaxcala de la 3 de 3 contra la violencia de género.

Ese lineamiento que tendrá que ser observado al momento de registrar las candidaturas que contenderán en el proceso electoral que arranca mañana, establece que los aspirantes deben firmar un formato de buena fe y bajo protesta de decir verdad de que no han sido condenados o sancionados mediante resolución firme por violencia familiar o doméstica, o cualquier agresión de género en el ámbito privado o público.

Así también, que la persona no ha sido condenada o sancionada mediante resolución firme por delitos sexuales, contra la libertad sexual o la intimidad corporal, y tampoco por ser deudor alimentario o moroso que atente contra las obligaciones alimentarias.

En sesión extraordinaria, el órgano electoral también avaló, como parte de las acciones aprobadas para combatir la violencia por razón de género, que quienes sean candidatos no deben estar en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género del Instituto Nacional Electoral.

Como parte de los lineamientos que deberán observar los partidos políticos, coaliciones, candidaturas comunes y candidaturas independientes, los consejeros electorales regularon la cantidad de candidaturas simultáneas, y determinaron que se podrán registrar hasta tres por ambos principios.

Precisaron que la postulación simultánea de candidatos a diputados locales será del 20 % conforme a las 15 fórmulas de diputados de mayoría relativa, y considerando a candidatos individualmente, los que a su vez conforman fórmulas integradas con candidatos propietarios y suplentes.

Además, acordaron que la sustitución de candidaturas podrán hacerse por fallecimiento, inhabilitación, incapacidad o renuncia de quién fue postulado.

Reiteraron que también deben cumplir con el principio constitucional de paridad de género y los lineamientos recentemente aprobados, y fijaron también que la elección consecutiva aplicará únicamente para los diputados locales.

JÓVENES

Los consejeros también acordaron garantizar la participación de los jóvenes (menores de 30 años), por lo que establecieron una representación de al menos un 20 % en la postulación de las candidaturas.

POBLACIÓN INDÍGENA

El Consejo General también avaló que los partidos políticos, coaliciones y candidaturas comunes, estarán obligados a postular en la elección a diputaciones locales por lo menos dos fórmulas que estén integradas por personas que se autodescriban como indígenas, observando el principio de paridad de género.

Sin embargo, esa disposición únicamente aplicará para los distritos electorales 3, 8, 9, 10, 12 o 15, cuya población que se autodomina indígena es superior al 30 %.

Eso, en atención a una resolución emitida por el Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET), en la que le ordenó al ITE dentro del ámbito de su competencia electoral administrativa hacer el estudio correspondiente para que con el tiempo suficiente previo al inicio del proceso electoral, determine las acciones necesarias a fin de fomentar la participación en la postulación de candidaturas a diputaciones.

Además, el órgano electoral también fue vinculado estado en esos puestos de elección popular.

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