Con el voto en contra de bancada del Partido Acción Nacional, el Congreso del estado avaló la minuta que reforma y adiciona diversas disposiciones a la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, en materia de consulta popular y revocación de mandato.
Aunque de forma previa a la lectura y de la votación hubo un aparente proceso de consenso por parte de quienes integran la colación “Juntos Haremos Historia”, la iniciativa fue avalada sin mayor problema al lograr el respaldo de los otros 23 diputados locales.
Con ello, Tlaxcala se convirtió en una de las primeras entidades, junto con Tabasco, Morelos, Estado de México, Guerrero, Hidalgo, Sinaloa, Chiapas y Colima, en hacerlo, lo que significa que en breve logrará la declaratoria de constitucionalidad al necesitar solo la aprobación de 17 estados.
Pero, además, con eso Tlaxcala es uno de los estados que en “fast track” respaldaron las modificaciones a los artículos 35, 36, 41, 81, 99, 116 y 122 de la Carta Magna al hacerlo solo a una semana de distancia de la aprobación en la Cámara de Diputados federal.
LA SESIÓN
Al dar lectura al dictamen, la diputada local del partido Movimiento Regeneración Nacional, Mayra Vázquez Velázquez, explicó que la consulta popular es un mecanismo de participación por medio del cual los ciudadanos deciden sobre algún aspecto de trascendental importancia, para lograr la colectividad en temas que pueden resolverse en sentido afirmativo o negativo.
En cuanto a la revocación de mandato popular, señaló que incluye a los titulares del Poder Ejecutivo federal y local, es decir, al presidente de la República y a los gobernadores.
EL DICTAMEN
Según el dictamen avalado, la revocación de mandato podrá ser solicitada una sola vez en cada sexenio y con las firmas de por lo menos el 3 % del listado nominal, ciudadanos que deben estar distribuidos en 17 entidades. Será el Instituto Nacional Electoral el encargado de dicho proceso que solo podrá solicitarse en una sola ocasión y dentro de los tres primeros meses siguientes a la conclusión del tercer año de gobierno.
En el caso de la revocación de mandato para los gobernadores, será en los tres meses posteriores a la conclusión del tercer año del periodo constitucional, y deberá tener el respaldo de al menos el 10 % de la lista nominal de electores de la entidad.
Con relación a la consulta popular, podrá hacerse sobre temas de trascendencia nacional (2 % de los electores en el país) y regional (2 % de los inscritos en la lista nominal de electores de la entidad o entidades).
En su Constitución (artículo 54), Tlaxcala incluye la revocación de mandato para los presidentes municipales.
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