Para que cuando una mujer (niña o adulta) solicite ante la autoridad alguna orden de protección reciba un trato digno y, en caso de incumplimiento a esta obligación, sean aplicadas las sanciones correspondientes a quien o quienes sean responsables por acción u omisión, la diputada Alejandra Ramírez Ortiz presentó una iniciativa de reforma y adición a la Ley que Garantiza el Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia.
La legisladora consideró imperante que al brindar asistencia a las mujeres víctimas de violencia sea a partir de un trato digno, pues resulta ineludible para garantizar su bienestar y su acceso a la justicia y ejercicio pleno de sus derechos eliminar toda conducta o trato que implique revictimización o que vulnere su dignidad.
En este sentido, manifestó que es necesario que las mujeres que fueron víctimas de algún hecho de violencia en cualquiera que fuese su entorno, reciban un trato respetuoso y digno, pues no sólo es un derecho fundamental, sino también una parte esencial del proceso para brindarles justicia.
Asimismo, la propuesta señala que las autoridades están obligadas a dirigirse a la víctima con un lenguaje respetuoso, de ahí que tendrán prohibido realizarle interrogatorios ofensivos o comentarios lesivos; evitarán actuar bajo prejuicios, estereotipos, ideologías o creencias que induzcan hacia la descalificación de los dichos de las mujeres denunciantes; y se abstendrán de incurrir en cualquier acto u omisión que constituya revictimización.
De igual forma, la iniciativa prevé que cuando una mujer o una niña víctima de violencia solicite una orden de protección a la autoridad, esta instancia estará obligada a proporcionarle la información completa y detallada sobre los alcances, procedimiento, consecuencias y seguimiento de la misma, pero tendrá que utilizar un lenguaje respetuoso, claro, sencillo y empático, además de evitar cualquier información tendiente a inhibir o desincentivar la solicitud.
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Además, menciona que las autoridades competentes que reciban denuncias anónimas de mujeres y niñas víctimas de violencia, decretarán las órdenes de protección correspondientes, al privilegiar la integridad y seguridad de las víctimas.
Aquellos funcionarios que desacaten o incumplan con las disposiciones serán causa de responsabilidad que se determinará y sancionará de conformidad con la Ley General de Responsabilidades Administrativas, sin perjuicio de las de orden civil o penal que pudiesen determinarse.