/ viernes 18 de octubre de 2019

Cárcel para quien difunda la intimidad

Busca tipificar como delito la distribución de contenido sexual sin consentimiento a través de medios digitales

Bajo la primicia de proteger los derechos a la intimidad y la dignidad de las mujeres en el ámbito digital y el ciberespacio, la diputada del Partido de la Revolución Democrática, Laura Yamili Flores Lozano, plateó reformas al Código Penal del estado de Tlaxcala y la Ley que Garantiza el Acceso a la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a fin de que se tipifique el delito contra la intimidad sexual y sancionarlo con cárcel.

La iniciativa es resultado de la propuesta popular presentada a la legisladora por organizaciones civiles y colectivos, conocida como “Ley Olimpia”, que en el caso de Tlaxcala establece de tres a cinco años de cárcel a quien difunda imágenes, videos, audios y todo aquel contenido en el que las mujeres expresan su sexualidad a través de redes sociales, por mensajería instantánea o correo electrónico.

Flores Lozano señaló que, además de castigar con prisión a quien cometa estas faltas, también tendrán que cubrir una multa de 200 a 500 Unidades de Medida de Actualización.

LA PROPUESTA

Durante la Sesión Ordinaria en la que se dieron cita activistas sociales, se propuso que se adicione al Código Penal el artículo 295-bis que establezca la figura de “delitos contra la intimidad sexual”, además de ocho agravantes, que podrían incrementar el tiempo de prisión en una mitad más sobre la sanción inicial planteada, delitos que serán perseguidos de oficio.

Las penas se verán incrementadas en caso de que el agravio sea cometido por el cónyuge, un familiar o alguien que mantenga una relación cercana con la víctima, que la afectada se encuentre en una situación de vulnerabilidad, discapacidad, o sea obligada de manera violenta a realizar el contenido sexual y se publique sin su consentimiento.

También estipula que la sanción será mayor si la víctima es menor de edad, y para los medios de comunicación ya sean impresos o digitales, que se encarguen de reproducir este tipo de contenidos.

La propuesta fue turnada a comisiones para el análisis y dictamen correspondiente, que de acuerdo con la diputada perredista buscará que el tramité pueda ser desahogado en un periodo de 30 días.

  • En caso de que Tlaxcala aprobara esta iniciativa de ley, sería la entidad número trece en tipificar el ciberacoso como un delito.

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Bajo la primicia de proteger los derechos a la intimidad y la dignidad de las mujeres en el ámbito digital y el ciberespacio, la diputada del Partido de la Revolución Democrática, Laura Yamili Flores Lozano, plateó reformas al Código Penal del estado de Tlaxcala y la Ley que Garantiza el Acceso a la Mujeres a una Vida Libre de Violencia, a fin de que se tipifique el delito contra la intimidad sexual y sancionarlo con cárcel.

La iniciativa es resultado de la propuesta popular presentada a la legisladora por organizaciones civiles y colectivos, conocida como “Ley Olimpia”, que en el caso de Tlaxcala establece de tres a cinco años de cárcel a quien difunda imágenes, videos, audios y todo aquel contenido en el que las mujeres expresan su sexualidad a través de redes sociales, por mensajería instantánea o correo electrónico.

Flores Lozano señaló que, además de castigar con prisión a quien cometa estas faltas, también tendrán que cubrir una multa de 200 a 500 Unidades de Medida de Actualización.

LA PROPUESTA

Durante la Sesión Ordinaria en la que se dieron cita activistas sociales, se propuso que se adicione al Código Penal el artículo 295-bis que establezca la figura de “delitos contra la intimidad sexual”, además de ocho agravantes, que podrían incrementar el tiempo de prisión en una mitad más sobre la sanción inicial planteada, delitos que serán perseguidos de oficio.

Las penas se verán incrementadas en caso de que el agravio sea cometido por el cónyuge, un familiar o alguien que mantenga una relación cercana con la víctima, que la afectada se encuentre en una situación de vulnerabilidad, discapacidad, o sea obligada de manera violenta a realizar el contenido sexual y se publique sin su consentimiento.

También estipula que la sanción será mayor si la víctima es menor de edad, y para los medios de comunicación ya sean impresos o digitales, que se encarguen de reproducir este tipo de contenidos.

La propuesta fue turnada a comisiones para el análisis y dictamen correspondiente, que de acuerdo con la diputada perredista buscará que el tramité pueda ser desahogado en un periodo de 30 días.

  • En caso de que Tlaxcala aprobara esta iniciativa de ley, sería la entidad número trece en tipificar el ciberacoso como un delito.

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