Para tecnologizar la actividad notarial, el Pleno del Congreso del Estado aprobó, por unanimidad de votos, diversas reformas, adiciones y derogaciones a la Ley del Notariado y del Código Civil para el Estado de Tlaxcala, impulsadas por el diputado del partido Movimiento de Regeneración Nacional (Morena), Vicente Morales Pérez.
Las modificaciones prevén la digitalización de los trámites, procedimientos y la colaboración con la iniciativa privada, particularmente en lo que respecta a modelos de creación de infraestructura digital, como elementos coadyuvantes y complementarios -no sustitutivos- de la función del notario.
Asimismo, la propuesta actualiza la función notarial en materia como la jurisdicción voluntaria, trámites de intestamentarios ante notario y el arbitraje civil y mercantil, además de otorgar un mayor desarrollo y presencia notarial en el denominado derecho preventivo que, con tanto éxito, se desarrolla ahora en la provincia de Quebec, Canadá, y en los países que conforman la Unión Europea.
De igual forma, esta disposición contribuye a desregularizar y simplificar trámites en diversos órdenes que elevan la competitividad estatal, de ahí que era necesario ajustar el cuerpo jurídico de actuación del notario estatal a fin de hacer eficiente su trabajo, coadyuvar a la mejora de la gestión de su función y, con ello, abonar a la permanente construcción y consolidación del régimen jurídico.
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También, las reformas puntualizan las funciones que el notario ejercerá en cuanto a autenticación de hechos y a través de plataformas digitales o medios electrónicos, de ahí que residirá en la misma demarcación donde esté asignada su patente.
Además, señala que cuando un notario titular hubiere cumplido cinco años de haber sido designado, podrá proponer al Ejecutivo la designación de un auxiliar de entre los que hayan recibido la constancia de aspirante, quien tendrá las mismas facultades y obligaciones en el ejercicio notarial que el titular, actuando ambos en el mismo protocolo y con el sello del titular, pero éste deber hacer constar en los instrumentos su carácter indicado.
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El notario también podrá autentificar actos referentes a personas y bienes de cualquier otro lugar y no solo en la demarcación donde esté asignada su patente.