La tarde del pasado jueves, en el Centro de Justicia Penal Federal en Tlaxcala, con residencia en Apizaco, se desarrolló la lectura y explicación de sentencia del primer juicio oral de índole federal, en el que un juez dictó un fallo.
En la lectura de la sentencia recaída en el juicio 45/2017 en contra de Omar N., el Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio, Francisco Marroquín Arredondo, explicó que tras analizar las evidencias demostrativas, materiales y documentales, el fallo es una absoluta inacreditación del delito.
La causa penal fue el almacenamiento ilícito de hidrocarburo, suceso acontecido en El Carmen Tequexquitla en mayo de 2017, delito de competencia federal cometido en Tlaxcala.
En esa audiencia, el imputado por almacenamiento ilícito de hidrocarburo fue absuelto del delito debido a que la Fiscalía Federal no pudo acreditar la acusación y, a decir del juez encargado del asunto, los cuatro elementos presentados para comprobarlo resultaron ineficaces.
- LOS HECHOS DE LA DETENCIÓN
Marroquín Arredondo detalló que, de acuerdo con lo vertido por la Fiscalía Federal, en mayo del año pasado policías estatales detuvieron a Omar N. sobre la carretera México-Zacatepec, a la altura de Tequexquitla, cuando tenía en sus manos un contenedor con 50 litros de petrolífero y que al ser abordado intentó huir e introducirse a un inmueble en el que fueron encontrados más de dos mil litros de hidrocarburo.
Abundó que, al hacer una revisión al joven, los elementos estatales encontraron en las bolsas de su pantalón una llave con la que pudieron abrir en varias ocasiones el inmueble donde era almacenado el también llamado huachicol, poco más de nueve mil pesos y un teléfono celular.
Con esos datos los policías estales determinaron la detención infraganti del joven, para que de forma posterior un juez de control lo vinculara a proceso y dictara medidas cautelares.
- FISCALÍA FEDERAL NO ACREDITÓ EL DELITO
Luego de absolver al presunto acusado, el Juez de Distrito Especializado en el Sistema Penal Acusatorio indicó que el inmueble en donde fue hallado el combustible encontrado sí fue acreditado, no así la responsabilidad penal de Omar N. de almacenar ilícitamente el combustible al interior del inmueble.
- MOTIVOS DE LA ABSOLUCIÓN
Entre otras cosas, el juez expuso que los cuatro aspectos presentados por la fiscalía federal para demostrar la culpabilidad de Omar N. fueron ineficaces para demostrar que era el responsable, ya que no fue demostrada su posesión del inmueble.
Asimismo, dijo que esa conducta fue un indicio de que el acusado se dedicaba a la comercialización o posesión del hidrocarburo, pero que el hecho de poseer algunos litros del petrolífero no es indicio para vincularlo con el almacenamiento.
- LOS CUATRO ASPECTOS INEFICACES PRESENTADOS POR LA FISCALÍA FEDERAL
El juez explicó el motivo para considerar los cuatro aspectos presentados por la Fiscalía como ineficaces.
Refirió que a pesar de que en la acusación hecha en contra de Omar N. se mencionó la existencia de una llave encontrada en posesión del acusado y que abrió el inmueble donde estaba el hidrocarburo, la llave no fue ofrecida como prueba y tampoco fueron explicados los motivos para no presentarla, por lo que el juez no pudo valorarla.
El segundo elemento ofrecido fue el dinero hallado en las bolsas del acusado, los más de nueve mil pesos. El juez detalló que no fue demostrado el origen del dinero y aunque se hubiera hecho, eso no comprueba la conducta del almacenamiento ilícito del hidrocarburo.
Respecto al teléfono en el que fueron encontradas dos conversaciones que aparentemente hablan de la venta de hidrocarburo, el juez indicó que, aunque fue desahogada la pericial en materia de comunicaciones, la Fiscalía Federal no ofreció la orden judicial de la confiscación del móvil, además de no comprobar que pertenecía a Omar N.
Finalmente, dijo que hubo inconsistencias en las declaraciones tanto de los policías estatales, como de un elemento federal que fungió como testigo de la detención de Omar N.
- “LA CONDUCTA ES DE POSESIÓN, NO DE ALMACENAMIENTO”
Al absolverlo, el juez explicó que “la conducta de Omar N. fue de comercialización y enajenación, no de almacenamiento ilícito de petrolíferos”, y ordenó levantar las medidas cautelares impuestas al joven.