A propuesta de la diputada Diana Torrejón Rodríguez, el Congreso del Estado discutirá y aprobará o no, el castigar la violencia sexual digital y la pornografía infantil, pues dicha iniciativa busca complementar y fortalecer normas jurídicas como la “Ley Olimpia” y con ello sancionar la difusión de contenido íntimo y sexual de menores de edad.
En Comisiones Unidas, de Puntos Constitucionales, Derechos Humanos y Salud fue avalado el dictamen para reformar y adicionar diversas disposiciones al Código Penal, la Ley que Garantiza el Acceso a las Mujeres a una Vida Libre de Violencia, la Ley de Atención y Protección a Víctimas y Ofendidos del Delito, de la Ley de Justicia para Adolescentes y de la Ley de Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes, todas para el Estado de Tlaxcala.
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La iniciativa fue presentada a solicitud del Colectivo Cyber Pink y Mujeres Organizadas de Tlaxcala en días pasados, por lo cual ya tuvo el trámite legislativo correspondiente y ahora deberá discutirse en el Pleno.
Así, uno de los logros principales es que por primera vez en el estado es reconocida la pornografía infantil como delito, con lo que las y los legisladores reafirman su compromiso para trabajar y que las instancias juzgadoras y de impartición de justicia cuenten con un marco legal actualizado, vigente y eficiente en el combate de los delitos digitales.
El decreto en marcha plantea tipificar como parte de la violencia digital sexual los intentos o hackeos consumados a cuentas personales, en su mayoría de redes sociales, para obtener contenido íntimo; la difusión de éste obtenido a través de una conversación personal, que fue distribuido sin consentimiento.
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Además, contempla la extorsión a través de mensajes o llamadas con amenazas pidiendo a cambio contenido íntimo; el acoso y hostigamiento con la recepción de contenido íntimo no solicitado, y la pornografía infantil, incluyendo los cuatro tipos de violencia digital sexual.
Determina el establecimiento de relaciones amorosas falsas entre una persona mayor de edad con una persona menor de edad para obtener contenido íntimo, siendo esta modalidad efectuada dentro de relaciones de poder, así como entre menores de edad.
Así, es necesario tipificar el delito de pornografía infantil en el Código Penal como una modalidad de la violencia digital sexual, pues éste es de los más recurrentes en el estado donde, a través de grupos de “packs” o difusión de contenido íntimo de menores, usuarios anónimos lo comparten, incluyendo datos personales.
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De acuerdo con datos de la asociación Cyber Pink, de agosto de 2020 a agosto de 2021 en una encuesta aplicada a 100 mujeres de distintas zonas del estado, el 44 % de usuarias de internet sufrió violencia digital sexual.