Por mayoría de votos, el Congreso de Tlaxcala aprobó dotar de plena autonomía al Tribunal de Justicia Administrativa (TJA) como órgano independiente del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), por lo que la Secretaría de Finanzas del gobierno estatal deberá asignarle presupuesto propio.
En la sesión de este jueves, los congresistas justificaron que a la fecha no se sabe cuáles son las atribuciones del tribunal; su organización o cómo funciona, “aunque parece que puede legislar, ya que se le dan atribuciones en esa disposición constitucional, para establecer los recursos procedentes para impugnar resoluciones”.
Justificaron que por la importancia en su labor, es necesario que decida sobre su presupuesto, para que las resoluciones jurisdiccionales, sean tomadas con auténtica independencia y en estricto respeto a la Ley.
“La autonomía presupuestaria le fortalecerá y le permitirá emitir sus fallos con total independencia; asimismo, podrá contar con el personal especializado en la materia, por lo que, desarrollará sus acciones, sin estar subordinado al pleno del TSJE, ni de otra autoridad local”, señalaron.
En la enmienda, que entrará en vigor una vez que el Ejecutivo lo publique en el Diario Oficial del Estado local, señala que el TJA podrá dirimir las controversias de carácter administrativo y fiscal, que se susciten entre la administración pública estatal y municipal, con los particulares.
También, establecieron que será competente de imponer sanciones a los servidores públicos estatales y municipales, por responsabilidad administrativa grave, a los particulares que incurran en actos vinculados con faltas administrativas graves.
De igual forma, el tribunal tendrá facultades para fincar a los responsables, el pago de las indemnizaciones y sanciones pecuniarias, que deriven de los daños y perjuicios que afecten a la hacienda pública estatal o municipal, o bien, al patrimonio de los entes públicos estatales o municipales.
Para ser magistrado del TJA, establecieron que los aspirantes deberán contar con al menos cinco años de experiencia, no podrán ocupar el cargo como propietario en forma consecutiva, ni discontinua, por más de dicho periodo y al llegar a los 70 años, cesará sus funciones y tendrá derecho a un haber por retiro.
Por último, puntualizaron que previo a la designación de los magistrados, deberán cumplir con los requisitos de la convocatoria, dada a conocer con un mes de anticipación y aprobar los exámenes públicos de oposición.
- El Tribunal deberá expedir su Reglamento Interno y los acuerdos generales para su adecuado funcionamiento.
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