/ domingo 22 de diciembre de 2019

Corrigen la Ley de Ingresos de Apizaco

Se le dotó de facultades al municipio para que, a través de la tesorería, pudiera cobrar el derecho por la disposición final de residuos sólidos

Los integrantes de la LXIII local realizaron modificaciones a la Ley de Ingresos para 2020 del municipio de Apizaco, después de que el gobernador del Estado, Marco Antonio Mena Rodríguez, hizo observaciones a este Decreto debido a que se le dotó de facultades al municipio de Apizaco para que, a través de la tesorería, pudiera cobrar el derecho por la disposición final de residuos sólidos.

Cabe señalar que de acuerdo con las observaciones emitidas por el titular del Ejecutivo, este cobro de derechos ya es realizado por la Coordinación General de Ecología (CGE), por lo que se caería en una duplicidad de impuestos, solicitando su corrección al Legislativo.

La modificación fue al artículo 126 de la Ley de Ingresos Municipal, con la intención de establecer que la prestación de servicios de la disposición final de residuos, temndrán que apegarse a lo que establece la Norma Oficial Mexicana NOM 083 SEMARNAT 2003 y solo deberá contar con la autorización del municipio.

Este cambio se realizó en sesión extraordinaria, con la finalidad de que el municipio pueda aplicar la nueva Ley de Ingresos para no dejar vulnerable a la comuna en su nueva reglamentación de cobros de impuestos, pues de no hacerse está corrección y la publicación del Decreto antes del 31 de diciembre, tendrían que regirse bajo los criterios establecidos para 2019.

DATO:

El relleno sanitario ubicado en la demarcación recibe residuos de los municipios de Amaxac, Apizaco, Atlangatepec, Cuaxomulco, Emiliano Zapata, Lázaro Cárdenas, Muñoz, Tecopilco, Santa Cruz Tlaxcala, Terrenate, Tetla, Tlaxco, Tocatlán, Tzompantepec, Xaloztoc, Xaltocan y Yahuquemehcan.


NO DEJES DE LEER

Los integrantes de la LXIII local realizaron modificaciones a la Ley de Ingresos para 2020 del municipio de Apizaco, después de que el gobernador del Estado, Marco Antonio Mena Rodríguez, hizo observaciones a este Decreto debido a que se le dotó de facultades al municipio de Apizaco para que, a través de la tesorería, pudiera cobrar el derecho por la disposición final de residuos sólidos.

Cabe señalar que de acuerdo con las observaciones emitidas por el titular del Ejecutivo, este cobro de derechos ya es realizado por la Coordinación General de Ecología (CGE), por lo que se caería en una duplicidad de impuestos, solicitando su corrección al Legislativo.

La modificación fue al artículo 126 de la Ley de Ingresos Municipal, con la intención de establecer que la prestación de servicios de la disposición final de residuos, temndrán que apegarse a lo que establece la Norma Oficial Mexicana NOM 083 SEMARNAT 2003 y solo deberá contar con la autorización del municipio.

Este cambio se realizó en sesión extraordinaria, con la finalidad de que el municipio pueda aplicar la nueva Ley de Ingresos para no dejar vulnerable a la comuna en su nueva reglamentación de cobros de impuestos, pues de no hacerse está corrección y la publicación del Decreto antes del 31 de diciembre, tendrían que regirse bajo los criterios establecidos para 2019.

DATO:

El relleno sanitario ubicado en la demarcación recibe residuos de los municipios de Amaxac, Apizaco, Atlangatepec, Cuaxomulco, Emiliano Zapata, Lázaro Cárdenas, Muñoz, Tecopilco, Santa Cruz Tlaxcala, Terrenate, Tetla, Tlaxco, Tocatlán, Tzompantepec, Xaloztoc, Xaltocan y Yahuquemehcan.


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