/ viernes 4 de octubre de 2024

Dan a Ernestina Carro facultad para designar a titulares de las fiscalías especializadas; Congreso aprobó reforma

Busca contar con una autonomía plena en las funciones de la FGJE

Para lograr una autonomía plena de la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJE), el Congreso del Estado aprobó, por unanimidad de votos, que la titular de esa dependencia, Ernestina Carro Roldán, tenga la facultad para designar a los titulares de las fiscalías especializadas con las que cuenta.

De acuerdo con la Ley Orgánica de la FGJE, las fiscalías especializadas son: combate a la corrupción; para la investigación y persecución de los delitos en materia de trata de personas; personas desaparecidas y no localizadas; investigación de delitos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; en el combate al secuestro; en feminicidio y en investigación y combate al delito de robo de vehículos y relacionados con la seguridad vial.


Lo anterior debido a que, para la designación de estos puestos, el procedimiento era el mismo que para la designación de la titular de la FGJE, es decir, que el Ejecutivo enviaba una terna al Congreso local para su análisis y designación, lo que implica una limitación a la Fiscalía, puesto que todavía los poderes tendrían injerencia en la organización interna.

Sin embargo, el objeto de que sea un órgano autónomo constitucional implica que no se encuentre sujeta a las limitaciones de organización de dichos poderes, de ahí que con eso Carro Roldán busca consolidar el ejercicio eficiente y efectivo de las potestades indagatorias a la FGJE, al asegurar que este órgano autónomo cuente con independencia y capacidad necesaria para realizar sus funciones de forma óptima y con profesionalismo.

Para lograr una autonomía plena de la Fiscalía General de Justicia del Estado (FGJE), el Congreso del Estado aprobó, por unanimidad de votos, que la titular de esa dependencia, Ernestina Carro Roldán, tenga la facultad para designar a los titulares de las fiscalías especializadas con las que cuenta.

De acuerdo con la Ley Orgánica de la FGJE, las fiscalías especializadas son: combate a la corrupción; para la investigación y persecución de los delitos en materia de trata de personas; personas desaparecidas y no localizadas; investigación de delitos de tortura y otros tratos o penas crueles, inhumanos o degradantes; en el combate al secuestro; en feminicidio y en investigación y combate al delito de robo de vehículos y relacionados con la seguridad vial.


Lo anterior debido a que, para la designación de estos puestos, el procedimiento era el mismo que para la designación de la titular de la FGJE, es decir, que el Ejecutivo enviaba una terna al Congreso local para su análisis y designación, lo que implica una limitación a la Fiscalía, puesto que todavía los poderes tendrían injerencia en la organización interna.

Sin embargo, el objeto de que sea un órgano autónomo constitucional implica que no se encuentre sujeta a las limitaciones de organización de dichos poderes, de ahí que con eso Carro Roldán busca consolidar el ejercicio eficiente y efectivo de las potestades indagatorias a la FGJE, al asegurar que este órgano autónomo cuente con independencia y capacidad necesaria para realizar sus funciones de forma óptima y con profesionalismo.

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