/ martes 23 de julio de 2024

Deberán convocar a elección extraordinaria en San Lucas Tecopilco; anulan votación por quema de boletas

El Congreso local tendrá que emitir la convocatoria a la brevedad, ante la cercanía de la toma de protesta de nuevas autoridades

El Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) determinó anular la elección de presidencia municipal de San Lucas Tecopilco y convocar a una jornada extraordinaria, debido a que las actas de escrutinio y cómputo ponen en duda la certeza de la votación y que son determinantes para su resultado, al acreditar que existieron irregularidades graves que no fueron reparadas en la jornada electoral.

En este sentido, será el Congreso del Estado la instancia que deberá emitir la convocatoria para la jornada extraordinaria, pero a la brevedad, pues el próximo 31 de agosto tomarán posesión del cargo las nuevas autoridades municipales, de ahí que tendrán que priorizar la votación en ese municipio.

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Las cinco urnas del proceso electoral de San Lucas Tecopilco en cenizas. Tomás Baños / El Sol de Tlaxcala

Avalado por unanimidad, el proyecto presentado señala que ante la quema de cuatro paquetes electorales de 5 que componen la elección, con las pruebas que existen en el expediente, tanto el ITE como el Tribunal no se encuentran en posibilidad de reconstruir el resultado de la elección de integrantes de ayuntamiento de San Lucas Tecopilco, pues resultaron afectadas el 80% del total de las casillas instaladas para el citado proceso electivo.

En este sentido, los magistrados determinaron que es procedente avalar la impugnación realizada por los candidatos sobre el cómputo de la elección, declaración de validez y las constancias de mayoría expedidas a favor de las candidaturas a la presidencia y sindicatura municipales, propietarias y suplentes de la elección de integrantes del ayuntamiento de San Lucas Tecopilco correspondientes al proceso electoral local ordinario 2023-2024, postuladas por el Partido Verde Ecologista de México.

A decir de la ponencia, en las casillas contigua 1 y contigua 2 de la sección electoral 551, así como en las casillas básica y contigua 1 de la sección electoral 552, se actualizan las causales de nulidad de la votación recibida en casilla, establecidas en las fracciones IX y XI del artículo 98 de la Ley de Medios.

Te recomendamos: ➡️ Por quema de urnas en Tecopilco, INE presentó denuncia ante Fiscalía Especializada en Delitos Electorales

Ademas, también se actualiza la causal de nulidad de la elección contemplada en la fracción I del artículo 99 de la Ley de Medios, consistente en haberse actualizado causales de nulidad de la votación recibida en un 20 % de las casillas instaladas en el municipio.


En relación a la nulidad de la votación recibida en casilla, en el proyecto fue propuesto y avalado determinar que le asiste la razón a los inconformes, pues de la prueba disponible, es dable concluir que en el municipio, en la jornada electoral del 2 de junio de 2024, sucedieron actos de violencia que terminaron en la quema de los paquetes electorales de cuatro de las cinco casillas instaladas para dicha elección.

En esta tesitura, estimaron actualizada la causal de nulidad de la elección que invocan los actores y por ello revocaron el acuerdo ITE-CG 221/2024, el cómputo de la elección, declaración de validez y constancias de mayoría expedidas a favor de las candidaturas antes señaladas, respecto de la elección de integrantes del ayuntamiento.

Continúa leyendo: ➡️ Un gobierno incluyente ofrece el alcalde electo de San Lucas Tecopilco

Con la determinación del TET queda sin efecto la constancia de mayoría entregada en su momento a César Carrasco Cortés, candidato del Partido Verde Ecologista de México.


El Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) determinó anular la elección de presidencia municipal de San Lucas Tecopilco y convocar a una jornada extraordinaria, debido a que las actas de escrutinio y cómputo ponen en duda la certeza de la votación y que son determinantes para su resultado, al acreditar que existieron irregularidades graves que no fueron reparadas en la jornada electoral.

En este sentido, será el Congreso del Estado la instancia que deberá emitir la convocatoria para la jornada extraordinaria, pero a la brevedad, pues el próximo 31 de agosto tomarán posesión del cargo las nuevas autoridades municipales, de ahí que tendrán que priorizar la votación en ese municipio.

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Las cinco urnas del proceso electoral de San Lucas Tecopilco en cenizas. Tomás Baños / El Sol de Tlaxcala

Avalado por unanimidad, el proyecto presentado señala que ante la quema de cuatro paquetes electorales de 5 que componen la elección, con las pruebas que existen en el expediente, tanto el ITE como el Tribunal no se encuentran en posibilidad de reconstruir el resultado de la elección de integrantes de ayuntamiento de San Lucas Tecopilco, pues resultaron afectadas el 80% del total de las casillas instaladas para el citado proceso electivo.

En este sentido, los magistrados determinaron que es procedente avalar la impugnación realizada por los candidatos sobre el cómputo de la elección, declaración de validez y las constancias de mayoría expedidas a favor de las candidaturas a la presidencia y sindicatura municipales, propietarias y suplentes de la elección de integrantes del ayuntamiento de San Lucas Tecopilco correspondientes al proceso electoral local ordinario 2023-2024, postuladas por el Partido Verde Ecologista de México.

A decir de la ponencia, en las casillas contigua 1 y contigua 2 de la sección electoral 551, así como en las casillas básica y contigua 1 de la sección electoral 552, se actualizan las causales de nulidad de la votación recibida en casilla, establecidas en las fracciones IX y XI del artículo 98 de la Ley de Medios.

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Ademas, también se actualiza la causal de nulidad de la elección contemplada en la fracción I del artículo 99 de la Ley de Medios, consistente en haberse actualizado causales de nulidad de la votación recibida en un 20 % de las casillas instaladas en el municipio.


En relación a la nulidad de la votación recibida en casilla, en el proyecto fue propuesto y avalado determinar que le asiste la razón a los inconformes, pues de la prueba disponible, es dable concluir que en el municipio, en la jornada electoral del 2 de junio de 2024, sucedieron actos de violencia que terminaron en la quema de los paquetes electorales de cuatro de las cinco casillas instaladas para dicha elección.

En esta tesitura, estimaron actualizada la causal de nulidad de la elección que invocan los actores y por ello revocaron el acuerdo ITE-CG 221/2024, el cómputo de la elección, declaración de validez y constancias de mayoría expedidas a favor de las candidaturas antes señaladas, respecto de la elección de integrantes del ayuntamiento.

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