/ viernes 13 de septiembre de 2024

Delinea Congreso local bases para que municipios y Estado puedan acceder a créditos fiscales

Deberán utilizar ese recurso para ejecutar obras de desarrollo social

Para que municipios entre sí o con el Gobierno del Estado accedan a créditos fiscales, el Congreso del Estado aprobó, por unanimidad de votos, una serie de reformas y adiciones a Ley de Deuda Pública para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios, a través de las cuales el Legislativo permitirá o no la contratación de los mismos.

De acuerdo con el dictamen enviado de manera preferente por la gobernadora del Estado, Lorena Cuéllar Cisneros, y que fue avalado por 24 legisladores, ese recurso deberá ser utilizado para el desarrollo de proyecto o acciones de mejora social, pero a través de mecanismos para que el Ejecutivo y los ayuntamientos puedan potencializar sus capacidades financieras y, con ello, concreten proyectos de desarrollo y beneficio social.

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De igual forma, el texto avalado también por las diputadas de oposición, señala que esta determinación es para potenciar los recursos con que cuentan las autoridades municipales y el Estado para impulsar el desarrollo de obras, acciones sociales básicas e inversiones en beneficio de sectores de la población que se encuentren en pobreza extrema y localidades con alto o muy alto nivel de rezago social.

El Congreso aprobó una serie de reformas y adiciones a Ley de Deuda Pública para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios Jesús Lima / El Sol de Tlaxcala

En este sentido, el Congreso del Estado será la instancia que autorizará o no la solicitud que hagan al menos dos municipios o con el mismo gobierno local, diversos esquemas de financiamiento que determinen los montos máximos de endeudamiento para cada municipio, la afectación en fuente de pago, en garantía o ambas, de las participaciones federales, aportaciones federales y/o cualquier derecho o ingreso que les correspondan, susceptibles de afectarse de conformidad a la legislación aplicable.

Además, el texto señala que deberá puntualizarse el mecanismo a través del cual se realicen dichos esquemas y, en su caso, la captación y afectación de tales conceptos, con la finalidad de que los municipios que así lo deseen puedan incorporarse o adherirse al esquema autorizado con la aprobación de sus respectivos ayuntamientos.

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De igual forma, puntualiza que el reconocimiento del Esquema Global de Financiamiento, es decir, las operaciones de financiamiento, serán abordadas por el Congreso mediante un solo decreto, al Estado a través de la Secretaría de Finanzas, en favor de sí y en favor de dos o más municipios o de todos los municipios que conforman el estado, entre otros.

De igual forma, especifica que el refinanciamiento o reestructuración podrá realizarse sin autorización del Congreso local, siempre y cuando no se amplíe el plazo de vencimiento original de los financiamientos respectivos, no se otorgue plazo o periodo de gracia, ni se modifique el perfil de amortizaciones del principal del financiamiento durante el periodo de la administración en curso, ni durante la totalidad del periodo del financiamiento.

Explica que, además, dentro de los 15 días naturales siguientes a la celebración de ese hecho, la entidad pública deberá informar al Congreso sobre la celebración de este tipo de operaciones, así como presentar la solicitud de inscripción de dicho refinanciamiento o reestructuración ante el Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios, a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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24 legisladores aprobaron una serie de reformas y adiciones a Ley de Deuda Pública para el Estado de Tlaxcala


Para que municipios entre sí o con el Gobierno del Estado accedan a créditos fiscales, el Congreso del Estado aprobó, por unanimidad de votos, una serie de reformas y adiciones a Ley de Deuda Pública para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios, a través de las cuales el Legislativo permitirá o no la contratación de los mismos.

De acuerdo con el dictamen enviado de manera preferente por la gobernadora del Estado, Lorena Cuéllar Cisneros, y que fue avalado por 24 legisladores, ese recurso deberá ser utilizado para el desarrollo de proyecto o acciones de mejora social, pero a través de mecanismos para que el Ejecutivo y los ayuntamientos puedan potencializar sus capacidades financieras y, con ello, concreten proyectos de desarrollo y beneficio social.

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De igual forma, el texto avalado también por las diputadas de oposición, señala que esta determinación es para potenciar los recursos con que cuentan las autoridades municipales y el Estado para impulsar el desarrollo de obras, acciones sociales básicas e inversiones en beneficio de sectores de la población que se encuentren en pobreza extrema y localidades con alto o muy alto nivel de rezago social.

El Congreso aprobó una serie de reformas y adiciones a Ley de Deuda Pública para el Estado de Tlaxcala y sus Municipios Jesús Lima / El Sol de Tlaxcala

En este sentido, el Congreso del Estado será la instancia que autorizará o no la solicitud que hagan al menos dos municipios o con el mismo gobierno local, diversos esquemas de financiamiento que determinen los montos máximos de endeudamiento para cada municipio, la afectación en fuente de pago, en garantía o ambas, de las participaciones federales, aportaciones federales y/o cualquier derecho o ingreso que les correspondan, susceptibles de afectarse de conformidad a la legislación aplicable.

Además, el texto señala que deberá puntualizarse el mecanismo a través del cual se realicen dichos esquemas y, en su caso, la captación y afectación de tales conceptos, con la finalidad de que los municipios que así lo deseen puedan incorporarse o adherirse al esquema autorizado con la aprobación de sus respectivos ayuntamientos.

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De igual forma, puntualiza que el reconocimiento del Esquema Global de Financiamiento, es decir, las operaciones de financiamiento, serán abordadas por el Congreso mediante un solo decreto, al Estado a través de la Secretaría de Finanzas, en favor de sí y en favor de dos o más municipios o de todos los municipios que conforman el estado, entre otros.

De igual forma, especifica que el refinanciamiento o reestructuración podrá realizarse sin autorización del Congreso local, siempre y cuando no se amplíe el plazo de vencimiento original de los financiamientos respectivos, no se otorgue plazo o periodo de gracia, ni se modifique el perfil de amortizaciones del principal del financiamiento durante el periodo de la administración en curso, ni durante la totalidad del periodo del financiamiento.

Explica que, además, dentro de los 15 días naturales siguientes a la celebración de ese hecho, la entidad pública deberá informar al Congreso sobre la celebración de este tipo de operaciones, así como presentar la solicitud de inscripción de dicho refinanciamiento o reestructuración ante el Registro Público Único de Financiamientos y Obligaciones de Entidades Federativas y Municipios, a cargo de la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.

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