/ viernes 24 de enero de 2020

Desde 2017 feminicidio se tipificó como delito grave en Tlaxcala

Legisladores argumentaron que está fuera de sus facultades promover la capacitación para servidores públicos encargados de investigar este tipo de ilícitos

Diputados locales notificaron al Congreso de la Unión que desde el 12 de julio del año 2017, realizaron las reformas correspondientes al artículo 229 del Código Penal para el Estado de Tlaxcala para tipificar al feminicidio como un delito grave, además de que establecieron las penas carcelarias en castigo para quienes cometan estos ilícitos.

Lo anterior derivado de un exhorto que promovió el Senado de la República para armonizar las legislaciones locales de los 32 Estados, con la intención de castigar las conductas de violencia que atenten contra las mujeres, resultando en crímenes de odio.

La solicitud también contempla que el Congreso local debe impartir capacitación a servidores públicos involucrados en la investigación, persecución y sanción del delito, petición que en sesión ordinaria el Legislativo rechazó, con el argumento de que no se encuentra facultado para promover estas acciones.

PENAS POR FEMINICIDIO FUERON REDUCIDAS

Cabe señalar que las reformas aprobadas al Código Penal local, en 2017, para castigar a quienes cometan delitos de feminicidio fueron recortadas, pues de los 70 años de cárcel pasaron a 60, pero las causales aumentaron.

Es decir, que quienes priven de la vida a una mujer por razones de género, podrán ser acreedores a penas de 40 a 60 años de prisión y una multa de dos mil 160 a cuatro mil 620 días de salario.

Mientras que el artículo 229 Bis de la norma en cuestión, refiere un incremento a la pena en caso de que el feminicida haya tenido una relación laboral, sentimental, afectiva, docente, de confianza o de parentesco con la víctima, por lo que se impondrán de 40 a 70 años de prisión y multa de dos mil 170 a cuatro mil 620 días de salario.

El Congreso local también detalló que Tlaxcala ya realizó la homologación correspondiente en el Código Penal del Estado de Tlaxcala para castigar la violencia familiar, con penas de seis meses a cuatro años de prisión y multas 36 a 288 días de salario. Si la víctima se encontrara en estado de gravidez, aumentará la pena que corresponda hasta en una tercera parte.

  • Quien prive de la vida a una mujer por razones de género, podrá ser acreedor a penas de 40 a 60 años de prisión.

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Diputados locales notificaron al Congreso de la Unión que desde el 12 de julio del año 2017, realizaron las reformas correspondientes al artículo 229 del Código Penal para el Estado de Tlaxcala para tipificar al feminicidio como un delito grave, además de que establecieron las penas carcelarias en castigo para quienes cometan estos ilícitos.

Lo anterior derivado de un exhorto que promovió el Senado de la República para armonizar las legislaciones locales de los 32 Estados, con la intención de castigar las conductas de violencia que atenten contra las mujeres, resultando en crímenes de odio.

La solicitud también contempla que el Congreso local debe impartir capacitación a servidores públicos involucrados en la investigación, persecución y sanción del delito, petición que en sesión ordinaria el Legislativo rechazó, con el argumento de que no se encuentra facultado para promover estas acciones.

PENAS POR FEMINICIDIO FUERON REDUCIDAS

Cabe señalar que las reformas aprobadas al Código Penal local, en 2017, para castigar a quienes cometan delitos de feminicidio fueron recortadas, pues de los 70 años de cárcel pasaron a 60, pero las causales aumentaron.

Es decir, que quienes priven de la vida a una mujer por razones de género, podrán ser acreedores a penas de 40 a 60 años de prisión y una multa de dos mil 160 a cuatro mil 620 días de salario.

Mientras que el artículo 229 Bis de la norma en cuestión, refiere un incremento a la pena en caso de que el feminicida haya tenido una relación laboral, sentimental, afectiva, docente, de confianza o de parentesco con la víctima, por lo que se impondrán de 40 a 70 años de prisión y multa de dos mil 170 a cuatro mil 620 días de salario.

El Congreso local también detalló que Tlaxcala ya realizó la homologación correspondiente en el Código Penal del Estado de Tlaxcala para castigar la violencia familiar, con penas de seis meses a cuatro años de prisión y multas 36 a 288 días de salario. Si la víctima se encontrara en estado de gravidez, aumentará la pena que corresponda hasta en una tercera parte.

  • Quien prive de la vida a una mujer por razones de género, podrá ser acreedor a penas de 40 a 60 años de prisión.

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