Después de un profundo análisis, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) determinó que el presidente municipal de Ixtenco, Renato Sánchez Rojas, ejerció violencia política en razón de género en contra de la regidora Miriam Aline Lazo Caballero, por lo cual la autoridad ordenó que el agresor sea inscrito en el Registro Nacional de Personas Sancionadas en Materia de Violencia Política contra las Mujeres en Razón de Género del Instituto Nacional Electoral y también del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE).
De igual forma, el TET instó a la Comisión Estatal de Derechos Humanos a que instruya al alcalde en la materia para evitar conductas de este tipo en lo subsecuente, además de que dejó a salvo los derechos de la denunciante.
➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo
DESECHA TET JUICIO DE COMUNIDADES ORIGINARIAS
Por otro lado, el Pleno del TET desechó el juicio de protección de los derechos políticos electorales de la ciudadanía, el cual fue promovido por Nieves Contreras Pérez, Víctor Hugo del Razo Hernández y otras personas pertenecientes a diversas comunidades que eligen a sus presidencias mediante sus normas internas o usos y costumbres contra la consulta a las comunidades que en Tlaxcala eligen a las personas titulares de sus presidencias mediante usos y costumbres o sistemas normativos internos respecto del reglamento de asistencia técnica jurídica y logística.
En este sentido, los promoventes reclamaron que el ITE tuvo diversas omisiones, además de que la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó al TET emitiera la sentencia en la que vinculara al ITE a realizar la consulta mencionada, lo cual realizó el organismo e incluyó medidas preparatorias para verificar y determinar la forma de realización de la consulta.
Lee más: ➡️ Protege el TET los derechos de alcaldesa de Yauhquemehcan
Asimismo, el Tribunal indicó que emitió diversas resoluciones en varios juicios, contratos y omisiones de la autoridad electoral ocurridos durante el procedimiento de consulta, donde destacó la necesidad de agotar un diálogo intercultural entre las comunidades y el ITE para procesar las opiniones, posturas y diferencias que surjan sobre la consulta.
Aunado a lo anterior, el TET determinó que no hay elementos que lleven a la conclusión de que, en la consulta, el ITE haya afectado los derechos de las personas que presentaron la demanda o de las personas de las comunidades a que pertenecen, por lo cual aprobaron un apartado con razonamientos jurídicos con el fin de propiciar la solución de la problemática que ha detenido el avance de la consulta.
ORDENAN INSTURAR A REGIDORA SUPLENTE DE HUEYOTLIPAN
Más información: ➡️ Ocupa primera mujer presidencia del Tribunal Electoral de Tlaxcala
En otro orden de ideas, el Pleno del TET ordenó al presidente municipal de Hueyotlipan, Luis Ángel Roldán Carrillo, a tomarle la protesta de ley en sesión de cabildo a Dulce Evelín Espinoza Hernández, en su carácter de segunda regidora suplente, en sucesión de Eugenio Rodríguez Pérez, segundo regidor propietario, quien solicitó licencia al cargo el pasado 12 de abril.
También, el TET ordenó al tesorero municipal realice el pago de la retribución económica que le corresponde a la impetrante, ello desde la quincena del 15 de mayo a la fecha, en términos del presupuesto aprobado para este ejercicio fiscal, así como del tabulador de salarios aprobado por el cabildo de dicho municipio para este año, realizando las deducciones de impuestos respectivas, como se precisa en la propuesta.
Finalmente, y debido a que la autoridad señalada como responsable fue omisa en rendir el informe circunstanciado y publicitar el medio de impugnación en términos de ley, el TET propuso imponer como sanción una amonestación pública al presidente municipal.
➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo
El TET instó a la Comisión Estatal de Derechos Humanos a que instruya al alcalde en la materia para evitar conductas de este tipo en lo subsecuente, además de que dejó a salvo los derechos de la denunciante.