Diputados eliminan excusa absolutoria a familiares que encubran a feminicidas y homicidas

Anteriormente estos aspectos no estaban contemplados en el Código Penal del Estado

Jesús Lima | El Sol de Tlaxcala

  · miércoles 1 de noviembre de 2023

El Congreso del Estado aprobó eliminar la excusa absolutoria de familiares que encubran un homicidio doloso o un feminicidio. Jesús Lima | El Sol de Tlaxcala

Para fortalecer la impartición de justicia y evitar la violencia contra la mujer, el Pleno del Congreso del Estado aprobó eliminar la excusa absolutoria de familiares que encubran un homicidio doloso o un feminicidio.

 

 

Lo anterior, a través de la reforma al artículo 223 y la adición de un párrafo segundo al artículo 220, ambos del Código Penal para el Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, con lo cual buscan reducir la impunidad asociada a la investigación y administración de justicia en los casos de muertes violentas de mujeres.

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De acuerdo con el dictamen aprobado -por unanimidad de votos- por el Pleno del Congreso local, procurarán que las víctimas indirectas puedan acceder a una investigación adecuada, además de un proceso en el que haya condiciones para sancionar a los victimarios y no queden impunes los delitos.

 

 

Sin embargo, el dictamen puntualiza que a los abogados y defensores les asistirá una excluyente de responsabilidad penal, eventualmente en su modalidad de causa de justificación, y no una excusa absolutoria, con relación al delito de encubrimiento, debido a que la actividad del abogado y específicamente del defensor, en cuanto al secreto profesional que debe a su cliente, no deben constituirse del delito de encubrimiento.

De igual forma, quienes no estarán exentos de las penas previstas serán los sujetos que tengan la calidad de ascendiente o descendiente consanguíneo, en línea recta o colateral, hasta el cuarto grado; por adopción o por afinidad hasta el segundo grado; cónyuge, concubino o persona ligada con el sujeto activo por amor, respeto, gratitud o estrecha amistad, siempre y cuanto sea feminicidio u homicidio doloso.

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En este sentido, la nueva disposición puntualiza que de ser el caso los responsables serán sancionados de acuerdo con los artículos 224, 228, 229, 229 Bis y 229 Ter del presente Código.

La iniciativa fue propuesta por el diputado Juan Manuel Cambrón Soria, quién durante la aprobación reconoció y agradeció la labor de las comisiones dictaminadoras y resaltó la importancia de la aprobación de dicha iniciativa.