/ miércoles 30 de diciembre de 2020

Diputados no ratifican a Rebeca Xicohténcatl en el TSJE

Sus actos trastocaron los principios de la función jurisdiccional, dictaminaron los legisladores con 17 votos a favor

Con 17 votos a favor, los diputados locales determinaron no ratificar en el cargo a la magistrada del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), Rebeca Xicohténcatl Corona, cuyo cargo culmina el 31 de marzo del próximo año.

Aunque también fue presentado un dictamen de minoría presentado por la diputada del Partido Nueva Alianza Tlaxcala, Luz Guadalupe Mata Lara, que sí proponía la ratificación, solo tuvo el respaldo de cinco de los 22 parlamentarios presentes, por lo que esa propuesta no prosperó.

De acuerdo con el primer dictamen, la jurista no fue ratificada puesto que incurrió en cuatro actos que trastocaron los principios de la función jurisdiccional y eso restó credibilidad y excelencia en su desempeño, además de que constituyen aspectos negativos en la percepción de la sociedad.

En la lectura al documento, las diputadas María Ana Berta Mastranzo Corona y María Félix Pluma Flores, de los partidos Movimiento Regeneración Nacional y del Trabajo, respectivamente, señalaron que la magistrada no se excusó de conocer o votar en asuntos en los cuales se encontraba legalmente impedida para hacerlo, tanto en cuestiones de control constitucional, como en una sesión en la que fueron designados jueces de primera instancia.

A eso sumaron que se ausentó de sus funciones jurisdiccionales de forma voluntaria y sin la autorización del pleno del TSJE, y que, de forma pública, hizo expresiones discriminatorias basadas en preferencias o ideologías políticas.

Rebeca Xicohténcatl no fue ratificada puesto que incurrió en cuatro actos que trastocaron los principios de la función jurisdiccional. Karla Muñetón

Así, indicaron que la magistrada no ajustó su conducta a los principios de independencia, imparcialidad, objetividad, profesionalismo y excelencia, pues además de que debe cumplir lo que mandata la ley, estaba obligada a garantizar un buen funcionamiento de todo el sistema judicial y promover en la sociedad una actitud de respeto y confianza hacia ese Poder.

Además, explicaron que si bien Xicohténcatl Corona tuvo un correcto desempeño de su trabajo, eso no es suficiente para poseer una buena actuación en la función jurisdiccional.

LOS SEÑALAMIENTOS

Al sustentar su decisión, la Comisión Especial destacó cuatro aspectos. Uno de ellos es que la magistrada emitió un voto dentro de una resolución jurisdiccional cuando se encontraba legalmente impedida para hacerlo.

Se trata del Incidente de Acumulación 04/2015-A del Juicio de Protección Constitucional 04/2015 y sus acumulados 05/2015 y 06/2015, este último promovido por Laura Alejandra Ramírez Ortíz y otros en contra del entonces contralor del Poder Ejecutivo, Hugo René Temoltzin Carreto, en el que la magistrada votó a pesar de mantener lazos de amistad tanto con la promovente, como con el exfuncionario.

Con ello, Xicohténcatl Corona vulneró los principios de independencia, imparcialidad, probidad y honestidad, pues tuvo el deber de inhibirse del conocimiento, pero sufragó y de esa forma su decisión influyó y con ello resto neutralidad a la resolución.

El segundo es por la omisión de la jurista para solicitar permiso o licencia al pleno del TSJE para ausentarse injustificadamente de la sesión de la Sala Penal y Especializada en Administración de Justicia para Adolescentes, pues del seis al 10 de agosto de 2018 estuvo en Puerto Rico y con su ausencia generó un retardo en la administración de la justicia, en perjuicio de los ciudadanos.

El tercer señalamiento tiene que ver con una publicación en Facebook en donde la magistrada difundió su postura e ideología política en relación a la ciudadanía que emitió su voto en las elecciones presidenciales de 2018, pues según el dictamen atentó contra la dignidad humana e incurrió en una práctica discriminatoria.

Las congresistas explicaron que lo anterior quedó documentado en diversos medios de comunicación donde fue plasmada su publicación.

“Dice el dicho que el agua siempre busca su nivel… y hoy la mayoría de los mexicanos que votaron a favor de López Obrador, son gente mediocre y no lo digo de forma despectiva, sino en la real acepción de la palabra, gente que busca sin el mínimo esfuerzo obtener grandes beneficios, ahora a esperar que les cumpla a todos aquellos que le brindaron su confianza y para los que no lo hicimos a seguir trabajando y esforzándonos como todos los días, pues eso hará que tengamos la calidad moral de exigir resultados al próximo presidente de México”, decía la publicación.

Además, agregaron que al haber eliminado y borrado la configuración de su perfil público se refuerza la idea de que sus expresiones influyeron negativamente en la percepción que de su investidura tiene la sociedad.

El cuarto señalamiento tiene que ver con su votación en la sesión extraordinaria del 16 de diciembre de 2019 donde fueron designados diversos jueces, secretarios de acuerdos, proyectistas, diligenciarios y oficiales de partes, en materia civil, familiar y mercantil, pues la magistrada estaba impedida para hacerlo para no incurrir en conflicto de interés y violación a los principios de imparcialidad.

Y es que en esa sesión fueron designados como jueces Noé Cuecuecha Rugerio, Aída Báez Huerta, Beatriz Eugenia Bello Hernández, y Violeta Fernández Vázquez, quienes en ese momento fungían como secretario de acuerdos y secretarias proyectistas en su ponencia.

Explicaron que si bien Xicohténcatl Corona tuvo un correcto desempeño de su trabajo, eso no es suficiente para poseer una buena actuación en la función jurisdiccional.


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Con 17 votos a favor, los diputados locales determinaron no ratificar en el cargo a la magistrada del Tribunal Superior de Justicia del Estado (TSJE), Rebeca Xicohténcatl Corona, cuyo cargo culmina el 31 de marzo del próximo año.

Aunque también fue presentado un dictamen de minoría presentado por la diputada del Partido Nueva Alianza Tlaxcala, Luz Guadalupe Mata Lara, que sí proponía la ratificación, solo tuvo el respaldo de cinco de los 22 parlamentarios presentes, por lo que esa propuesta no prosperó.

De acuerdo con el primer dictamen, la jurista no fue ratificada puesto que incurrió en cuatro actos que trastocaron los principios de la función jurisdiccional y eso restó credibilidad y excelencia en su desempeño, además de que constituyen aspectos negativos en la percepción de la sociedad.

En la lectura al documento, las diputadas María Ana Berta Mastranzo Corona y María Félix Pluma Flores, de los partidos Movimiento Regeneración Nacional y del Trabajo, respectivamente, señalaron que la magistrada no se excusó de conocer o votar en asuntos en los cuales se encontraba legalmente impedida para hacerlo, tanto en cuestiones de control constitucional, como en una sesión en la que fueron designados jueces de primera instancia.

A eso sumaron que se ausentó de sus funciones jurisdiccionales de forma voluntaria y sin la autorización del pleno del TSJE, y que, de forma pública, hizo expresiones discriminatorias basadas en preferencias o ideologías políticas.

Rebeca Xicohténcatl no fue ratificada puesto que incurrió en cuatro actos que trastocaron los principios de la función jurisdiccional. Karla Muñetón

Así, indicaron que la magistrada no ajustó su conducta a los principios de independencia, imparcialidad, objetividad, profesionalismo y excelencia, pues además de que debe cumplir lo que mandata la ley, estaba obligada a garantizar un buen funcionamiento de todo el sistema judicial y promover en la sociedad una actitud de respeto y confianza hacia ese Poder.

Además, explicaron que si bien Xicohténcatl Corona tuvo un correcto desempeño de su trabajo, eso no es suficiente para poseer una buena actuación en la función jurisdiccional.

LOS SEÑALAMIENTOS

Al sustentar su decisión, la Comisión Especial destacó cuatro aspectos. Uno de ellos es que la magistrada emitió un voto dentro de una resolución jurisdiccional cuando se encontraba legalmente impedida para hacerlo.

Se trata del Incidente de Acumulación 04/2015-A del Juicio de Protección Constitucional 04/2015 y sus acumulados 05/2015 y 06/2015, este último promovido por Laura Alejandra Ramírez Ortíz y otros en contra del entonces contralor del Poder Ejecutivo, Hugo René Temoltzin Carreto, en el que la magistrada votó a pesar de mantener lazos de amistad tanto con la promovente, como con el exfuncionario.

Con ello, Xicohténcatl Corona vulneró los principios de independencia, imparcialidad, probidad y honestidad, pues tuvo el deber de inhibirse del conocimiento, pero sufragó y de esa forma su decisión influyó y con ello resto neutralidad a la resolución.

El segundo es por la omisión de la jurista para solicitar permiso o licencia al pleno del TSJE para ausentarse injustificadamente de la sesión de la Sala Penal y Especializada en Administración de Justicia para Adolescentes, pues del seis al 10 de agosto de 2018 estuvo en Puerto Rico y con su ausencia generó un retardo en la administración de la justicia, en perjuicio de los ciudadanos.

El tercer señalamiento tiene que ver con una publicación en Facebook en donde la magistrada difundió su postura e ideología política en relación a la ciudadanía que emitió su voto en las elecciones presidenciales de 2018, pues según el dictamen atentó contra la dignidad humana e incurrió en una práctica discriminatoria.

Las congresistas explicaron que lo anterior quedó documentado en diversos medios de comunicación donde fue plasmada su publicación.

“Dice el dicho que el agua siempre busca su nivel… y hoy la mayoría de los mexicanos que votaron a favor de López Obrador, son gente mediocre y no lo digo de forma despectiva, sino en la real acepción de la palabra, gente que busca sin el mínimo esfuerzo obtener grandes beneficios, ahora a esperar que les cumpla a todos aquellos que le brindaron su confianza y para los que no lo hicimos a seguir trabajando y esforzándonos como todos los días, pues eso hará que tengamos la calidad moral de exigir resultados al próximo presidente de México”, decía la publicación.

Además, agregaron que al haber eliminado y borrado la configuración de su perfil público se refuerza la idea de que sus expresiones influyeron negativamente en la percepción que de su investidura tiene la sociedad.

El cuarto señalamiento tiene que ver con su votación en la sesión extraordinaria del 16 de diciembre de 2019 donde fueron designados diversos jueces, secretarios de acuerdos, proyectistas, diligenciarios y oficiales de partes, en materia civil, familiar y mercantil, pues la magistrada estaba impedida para hacerlo para no incurrir en conflicto de interés y violación a los principios de imparcialidad.

Y es que en esa sesión fueron designados como jueces Noé Cuecuecha Rugerio, Aída Báez Huerta, Beatriz Eugenia Bello Hernández, y Violeta Fernández Vázquez, quienes en ese momento fungían como secretario de acuerdos y secretarias proyectistas en su ponencia.

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