/ miércoles 18 de septiembre de 2024

Elecciones extraordinarias serán el 24 de noviembre en el municipio de Tecopilco y en la comunidad de Capulac, Tetla

El próximo jueves el dictamen, ya avalado en comisiones, será presentado ante el Pleno para su discusión, votación y aprobación

De no existir cambios, el próximo 24 de noviembre serán celebradas las elecciones extraordinarias en el municipio de San Lucas Tecopilco y en la comunidad de Santa María Capulac, en Tetla, informó el presidente de la Comisión de Asuntos Electorales del Congreso del Estado, Silvano Garay Ulloa, al afirmar que los dictámenes ya fueron avalados en comisiones y serán presentados al Pleno el próximo jueves para su discusión, votación y, en su caso, aprobación.

En este sentido, los documentos señalan que la toma de protesta y asunción del cargo de las personas que resulten electas en la jornada extraordinaria será el 1 de enero de 2025 y su encargo concluirá el 30 de agosto de 2027, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala.

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Por lo anterior, una vez que sean aprobados dichos dictámenes, el Congreso local instruirá al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) para que proceda con la organización, dirección, vigilancia, desarrollo y calificación del proceso electoral extraordinario.

Además, el ITE deberá ajustar los plazos fijados en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala para llevar a buen puerto dicho proceso, además de considerar para ello los plazos y formalidades establecidos en la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral para el Estado de Tlaxcala y en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, a efecto de salvaguardar los derechos que ambas leyes establecen a la ciudadanía, personas candidatas y partidos.

De igual forma, tendrá que determinar lo relativo a las prerrogativas de los institutos políticos y candidaturas independientes que participen, así como el costo de la elección para reportar de manera adecuada la información en materia de fiscalización al Instituto Nacional Electoral.

Lee más:➡️ [Actualización] Tras anulación de resultados del 2 de junio por parte del TET, tres comunas tendrán elección extraordinaria

Por otro lado, los dictámenes puntualizan que en el caso de San Lucas Tecopilco deberá realizarse la entrega-recepción por parte del Concejo Municipal que actualmente administra la comuna hacia la administración entrante para sus efectos legales.

Sin embargo, también señalan que para el proceso electoral extraordinario no podrán restringirse los derechos garantizados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala, la Ley de Partidos Políticos para el Estado de Tlaxcala y la demás legislación aplicable, que reconocen a los ciudadanos y a los partidos políticos.

Asimismo, indican que deberán cumplirse con las formalidades y procedimientos que establece la ley para los procesos electorales ordinarios.

Los detalles:➡️ Vive Tecopilco sin autoridad, sin agua y con mucha basura; pobladores esperan la instalación del concejo municipal

LOS ANTECEDENTES

Por lo que respecta a San Lucas Tecopilco, El Sol de Tlaxcala informó en su momento que la votación de esa comuna fue anulada por la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y ratificada por la misma Sala Superior por actos que llevaron a la quema de material electoral la jornada electoral del pasado 2 de junio, lo cual obligó al Poder Legislativo a convocar a comicios extraordinarios.

Así, una vez decretada la nulidad de la elección en el municipio antes mencionado, derivado del proceso electoral local ordinario 2023-2024, aunado a la declaración de conclusión de dicho proceso electoral, realizada por el ITE, el Congreso local debe cumplir con lo mandatado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

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Por otro lado, en el caso de la comunidad de Santa María Capulac, en Tetla, el proceso extraordinario se derivó de la renuncia, primero, del candidato propietario Bernardo Rodríguez Pérez y ya definidos los resultados de la elección, de la renuncia presentada por la candidata suplente y electa, Paola Ivón Villegas Alvarado.

  • Los documentos señalan que la toma de protesta y asunción del cargo de las personas quienes resulten electas en la jornada extraordinaria será el 1 de enero de 2025 y su encargo concluirá el 30 de agosto de 2027.
  • En San Lucas Tecopilco instalarán cinco casillas y en Capulac únicamente dos.


De no existir cambios, el próximo 24 de noviembre serán celebradas las elecciones extraordinarias en el municipio de San Lucas Tecopilco y en la comunidad de Santa María Capulac, en Tetla, informó el presidente de la Comisión de Asuntos Electorales del Congreso del Estado, Silvano Garay Ulloa, al afirmar que los dictámenes ya fueron avalados en comisiones y serán presentados al Pleno el próximo jueves para su discusión, votación y, en su caso, aprobación.

En este sentido, los documentos señalan que la toma de protesta y asunción del cargo de las personas que resulten electas en la jornada extraordinaria será el 1 de enero de 2025 y su encargo concluirá el 30 de agosto de 2027, de conformidad con lo establecido en la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala.

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Por lo anterior, una vez que sean aprobados dichos dictámenes, el Congreso local instruirá al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) para que proceda con la organización, dirección, vigilancia, desarrollo y calificación del proceso electoral extraordinario.

Además, el ITE deberá ajustar los plazos fijados en la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala para llevar a buen puerto dicho proceso, además de considerar para ello los plazos y formalidades establecidos en la Ley de Medios de Impugnación en Materia Electoral para el Estado de Tlaxcala y en la Ley General del Sistema de Medios de Impugnación en Materia Electoral, a efecto de salvaguardar los derechos que ambas leyes establecen a la ciudadanía, personas candidatas y partidos.

De igual forma, tendrá que determinar lo relativo a las prerrogativas de los institutos políticos y candidaturas independientes que participen, así como el costo de la elección para reportar de manera adecuada la información en materia de fiscalización al Instituto Nacional Electoral.

Lee más:➡️ [Actualización] Tras anulación de resultados del 2 de junio por parte del TET, tres comunas tendrán elección extraordinaria

Por otro lado, los dictámenes puntualizan que en el caso de San Lucas Tecopilco deberá realizarse la entrega-recepción por parte del Concejo Municipal que actualmente administra la comuna hacia la administración entrante para sus efectos legales.

Sin embargo, también señalan que para el proceso electoral extraordinario no podrán restringirse los derechos garantizados en la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de Tlaxcala, la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales, la Ley General de Partidos Políticos, la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala, la Ley de Partidos Políticos para el Estado de Tlaxcala y la demás legislación aplicable, que reconocen a los ciudadanos y a los partidos políticos.

Asimismo, indican que deberán cumplirse con las formalidades y procedimientos que establece la ley para los procesos electorales ordinarios.

Los detalles:➡️ Vive Tecopilco sin autoridad, sin agua y con mucha basura; pobladores esperan la instalación del concejo municipal

LOS ANTECEDENTES

Por lo que respecta a San Lucas Tecopilco, El Sol de Tlaxcala informó en su momento que la votación de esa comuna fue anulada por la Sala Regional Ciudad de México del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación y ratificada por la misma Sala Superior por actos que llevaron a la quema de material electoral la jornada electoral del pasado 2 de junio, lo cual obligó al Poder Legislativo a convocar a comicios extraordinarios.

Así, una vez decretada la nulidad de la elección en el municipio antes mencionado, derivado del proceso electoral local ordinario 2023-2024, aunado a la declaración de conclusión de dicho proceso electoral, realizada por el ITE, el Congreso local debe cumplir con lo mandatado por el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación.

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Por otro lado, en el caso de la comunidad de Santa María Capulac, en Tetla, el proceso extraordinario se derivó de la renuncia, primero, del candidato propietario Bernardo Rodríguez Pérez y ya definidos los resultados de la elección, de la renuncia presentada por la candidata suplente y electa, Paola Ivón Villegas Alvarado.

  • Los documentos señalan que la toma de protesta y asunción del cargo de las personas quienes resulten electas en la jornada extraordinaria será el 1 de enero de 2025 y su encargo concluirá el 30 de agosto de 2027.
  • En San Lucas Tecopilco instalarán cinco casillas y en Capulac únicamente dos.


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