/ viernes 4 de octubre de 2024

Exhorta diputada Cecilia Villantes a alcaldes para que nombren a directores de seguridad competentes

La ley en la materia establece que las instancias de seguridad pública municipales son clave en la creación de entornos seguros

Para actuar en congruencia con los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, honradez y respeto a los derechos humanos, la presidenta de la Comisión de Protección Civil, Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social del Congreso del Estado, Cecilia Villantes Rodríguez, propuso exhortar a los alcaldes a que nombren a directores de policía o sus equivalentes de acuerdo con los requisitos que marca la ley.


Lo anterior, debido a que la legislación en la materia establece que las instancias de seguridad pública municipales son clave en la creación de entornos seguros, la prevención del delito y el mantenimiento de la paz social, pues actúan como la primera línea de respuesta ante problemas locales.


Asimismo, el exhorto señala que, debido a su carácter, su actuar debe estar apegado a la Ley de Seguridad Pública y Ciudadana del Estado de Tlaxcala, que establece requisitos mínimos para aquellas personas que ostenten la Dirección de Seguridad en los ayuntamientos tlaxcaltecas.


Explica que, para ser director de la Policía Municipal o su equivalente, deberán cumplir los mismos requisitos que para ser secretario de Seguridad Ciudadana, con excepción de la edad, pues deberá contar con al menos 30 años cumplidos el día de su designación.


De igual forma, señala que el director designado deberá contar con las evaluaciones de certificación y control de confianza como parte de la permanencia de los cuerpos de seguridad, con lo que buscan mantener altos niveles de profesionalismo, integridad y eficiencia dentro de las instituciones para garantizar la confianza ciudadana en las autoridades responsables de la seguridad y el bienestar público.


Puntualiza que la Ley de Seguridad Pública y Ciudadana del Estado de Tlaxcala, señala que quienes integran las instituciones de seguridad ciudadana podrán ser separados de su cargo si no cumplen con los requisitos establecidos por la presente Ley y demás ordenamientos aplicables, que en el momento de la separación señalen para permanecer en las instituciones, incluyendo las evaluaciones de certificación y control de confianza.


El apunte


quienes integran las instituciones de seguridad ciudadana podrán ser separados de su cargo si no cumplen con los requisitos establecidos por la Ley en la materia.



Para actuar en congruencia con los principios de legalidad, objetividad, eficiencia, honradez y respeto a los derechos humanos, la presidenta de la Comisión de Protección Civil, Seguridad Pública, Prevención y Reinserción Social del Congreso del Estado, Cecilia Villantes Rodríguez, propuso exhortar a los alcaldes a que nombren a directores de policía o sus equivalentes de acuerdo con los requisitos que marca la ley.


Lo anterior, debido a que la legislación en la materia establece que las instancias de seguridad pública municipales son clave en la creación de entornos seguros, la prevención del delito y el mantenimiento de la paz social, pues actúan como la primera línea de respuesta ante problemas locales.


Asimismo, el exhorto señala que, debido a su carácter, su actuar debe estar apegado a la Ley de Seguridad Pública y Ciudadana del Estado de Tlaxcala, que establece requisitos mínimos para aquellas personas que ostenten la Dirección de Seguridad en los ayuntamientos tlaxcaltecas.


Explica que, para ser director de la Policía Municipal o su equivalente, deberán cumplir los mismos requisitos que para ser secretario de Seguridad Ciudadana, con excepción de la edad, pues deberá contar con al menos 30 años cumplidos el día de su designación.


De igual forma, señala que el director designado deberá contar con las evaluaciones de certificación y control de confianza como parte de la permanencia de los cuerpos de seguridad, con lo que buscan mantener altos niveles de profesionalismo, integridad y eficiencia dentro de las instituciones para garantizar la confianza ciudadana en las autoridades responsables de la seguridad y el bienestar público.


Puntualiza que la Ley de Seguridad Pública y Ciudadana del Estado de Tlaxcala, señala que quienes integran las instituciones de seguridad ciudadana podrán ser separados de su cargo si no cumplen con los requisitos establecidos por la presente Ley y demás ordenamientos aplicables, que en el momento de la separación señalen para permanecer en las instituciones, incluyendo las evaluaciones de certificación y control de confianza.


El apunte


quienes integran las instituciones de seguridad ciudadana podrán ser separados de su cargo si no cumplen con los requisitos establecidos por la Ley en la materia.



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