Experimentó alguna agresión laboral 27.4 % de mujeres tlaxcaltecas, según reporta el INEGI

La Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo y los Centros de Conciliación pueden atender las inconformidades y orientan a mujeres a interponer quejas ante violencia laboral

Nadia Mendoza / El Sol de Tlaxcala

  · lunes 14 de octubre de 2024

En algunos centros de trabajo existe el hostigamiento laboral. Everardo Nava / El Sol de Tlaxcala

Con los ritmos laborales de la iniciativa privada, la Secretaría del Trabajo y Previsión Social (STyPS) orienta a las mujeres tlaxcaltecas a interponer las quejas respectivas en caso de sufrir violencia laboral.

De hecho, en la entidad el 27.4 % de las mujeres con un empleo dijo haber experimentado una situación de este tipo, según los datos de la Encuesta Nacional sobre la Dinámica de las Relaciones en los Hogares del Instituto Nacional de Estadística y Geografía.

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En tanto, la Encuesta Nacional de Ocupación y Empleo, de la misma institución, mostró que el porcentaje de personas cuyo motivo principal para separarse del trabajo fue el acoso o falta de respeto se ha incrementado en un 70 %, tan sólo de 2005 a 2019, lo cual evidencia una atmósfera hostil.

La STyPS establece que la violencia laboral es una serie de acciones en contra de otro individuo en el entorno laboral, pueden ser ejercidas tanto por una figura de autoridad como por uno o más compañeros de trabajo del mismo rango.

En tanto, el acoso laboral se expresa en una serie de eventos que tienen como objeto intimidar, excluir, aplanar, amedrentar o consumir emocional o intelectualmente a la víctima, causando un daño físico, psicológico, económico y laboral profesional.

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LAS VÍAS PARA INTERPONER UNA QUEJA POR VIOLENCIA LABORAL

Existen tres vías para interponer una queja por violencia laboral: el Centro de Trabajo, a través del Comité de Atención y Seguimiento, la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo y los Centros de Conciliación tanto estatal como federal y los juzgados.

Tras aclarar que cada empresa está obligada a tener acciones precisas para atender las agresiones laborales, la STyPS expuso que el Modelo de Protocolo para Prevenir, Atender, y Erradicar la Violencia Laboral en los centros de trabajo establece la integración del Comité de Atención y Seguimiento, con un coordinador, un secretario y tres representantes de diversas áreas.

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Para la atención de casos de violencia en materia laboral, incluyendo el acoso laboral, el hostigamiento sexual y el acoso sexual en centros de trabajo, la persona consejera o el Comité de Atención y Seguimiento deberá comunicar a la presunta víctima la existencia de distintas vías para la solución del caso.

ANTECEDENTE

Con la reforma laboral que se concretó en el sexenio del presidente Andrés Manuel López Obrador, las mujeres pueden denunciar las agresiones laborales en su propio centro de trabajo, así como en los Centros de Conciliación tanto estatal como federal y en la Procuraduría Federal de la Defensa del Trabajo.

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De acuerdo con el Modelo de Protocolo para Prevenir, Atender y Erradicar la Violencia Laboral en los centros de trabajo, la violencia laboral contra las mujeres puede ser ejercida por quienes poseen un cargo de director, jefe inmediato, supervisor, encargado de equipo, entre compañeros con el mismo rango laboral y de responsabilidades, pero que propicia este tipo de actos por diversos motivos.

Se manifiesta a través del acoso laboral, agresiones físicas o maltratos psicológicos como burlas y sarcasmos.