Para dar certeza jurídica en su actuar, pues entrará en funciones el próximo ciclo escolar, el Pleno del Congreso del Estado aprobó, por unanimidad de votos, la expedición de la Ley que crea la Universidad Intercultural de Tlaxcala, la cual se compone de ocho capítulos, entre los cuales se distribuyen 42 artículos y ocho disposiciones transitorias.
De esta forma, el dictamen puntualiza que con la creación de la Universidad Intercultural de Tlaxcala se da cumplimiento al objetivo 1 de la Alineación Estratégica, Área de Oportunidad 4 del Plan Estatal de Desarrollo, pues contribuirá al bienestar económico y al mejoramiento de la calidad de vida de la población estatal, con perspectiva de derechos humanos, igualdad, inclusión, interculturalidad, responsabilidad ambiental y con visión al futuro de las nuevas generaciones.
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Asimismo, indica que la Universidad Intercultural de Tlaxcala se inscribe en el contexto del reconocimiento de derechos fundamentales de los pueblos indígenas, por tal razón, su creación fue generada a partir del diálogo constructivo y permanente con las comunidades.
Como parte de este proceso de diseño y operación de la Universidad Intercultural de Tlaxcala, señala, fue creado el Comité Promotor Ampliado, conformado por investigadores, autoridades comunitarias, promotoras culturales, intérpretes y traductores de la lengua náhuatl, académicos, así como representantes del gobierno estatal y federal.
Lo anterior, en atención a los procedimientos de inclusión y participación, principalmente de representantes de comunidades, pueblos y barrios de la región de influencia de la universidad, de ahí que su conformación, objetivos y funciones están asentadas en el acta de instalación suscrita en enero de 2022.
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De acuerdo con la Ley, la Universidad Intercultural de Tlaxcala se erige como un Organismo Público Descentralizado de la administración pública estatal, con personalidad jurídica y patrimonio propio; pluricultural y plurilingüe, que gozará de autonomía de gestión y contará con la facultad de administrar su patrimonio y de realizar sus fines de educar.
Además, podrá investigar y difundir las culturas, respetando la libertad de cátedra, investigación, de libre examen y discusión de las ideas, la cual tendrá representatividad de las comunidades y pueblos a los que se debe, así como de todos los sectores y actores que dan vida a la comunidad universitaria, garantizando la paridad de género.
También, tendrá como objeto promover prácticas interculturales por el bien común de la población y la vida en general, con énfasis en los pueblos indígenas, comunidades equiparables, migrantes, campesinas y demás grupos sociales en situación de vulnerabilidad que cohabitan en las comunidades, pueblos y barrios del estado, a través de la formación de desarrollo humano integral, para contribuir a la formación del pensamiento crítico y que atiendan la paridad de género para el bienestar social.
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Una vez instalada la junta directiva de la Universidad, tendrá un plazo no mayor a seis meses para emitir su Reglamento Interno; la Secretaría de Finanzas será la responsable de la transferencia de recursos económicos para que opere la institución.