/ lunes 7 de mayo de 2018

Insiste MC ante TEPJF que no debe ser multado

Movimiento Ciudadano (MC) en Tlaxcala presentó un recurso de impugnación ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por la multa que le interpuso el Instituto Nacional Electoral (INE).

El pasado cuatro de abril, el órgano electoral sancionó al Partido Revolucionario Institucional, Acción Nacional, de la Revolución Democrática y MC por presentar observaciones e irregularidades en las precampañas de sus aspirantes a diputados locales.

MC se dirigió a la Sala Regional Ciudad de México para refutar la sanción, pero los magistrados federales concluyeron infundados sus argumentos, de tal manera que las irregularidades seguían en pie.

En uso de los recursos, el partido presentó ante la Sala Superior la impugnación, será esa instancia quien determine finalmente si debe cumplir con la multa económica que le impuso el INE, quien hará de conocimiento al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones para proceder al cobro de las sanciones impuestas al partido político en el ámbito local.

De acuerdo con lo que ordenaron los consejeros del INE, las multas se harán efectivas a partir del mes siguiente a aquél en que quede firme cada una de ellas.

CONTEXTO

  • Según el informe del INE, MC registró siete observaciones. Omitió presentar 14 estados de cuenta e igual número de conciliaciones bancarias, cotizaciones y evidencia de la producción de spot y muestra de periódicos.
  • Tan solo en esa irregularidad, la multa fue de 20 Unidades de Medida y Actualización para el ejercicio en turno.
  • El resto de las observaciones son referentes a que informó de manera extemporánea 14 eventos de la agenda de actos públicos, de manera posterior a su celebración; además de reportar extemporáneamente 17 eventos de la agenda de actos públicos, registró aportaciones en especie por concepto de propaganda y gastos operativos, pero omitió presentar la documentación que compruebe el origen del recurso.
  • También omitió realizar el registro contable de 54 operaciones que comprenden al periodo normal en tiempo real, excediendo los tres días posteriores en que se realizó la operación.

Movimiento Ciudadano (MC) en Tlaxcala presentó un recurso de impugnación ante la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) por la multa que le interpuso el Instituto Nacional Electoral (INE).

El pasado cuatro de abril, el órgano electoral sancionó al Partido Revolucionario Institucional, Acción Nacional, de la Revolución Democrática y MC por presentar observaciones e irregularidades en las precampañas de sus aspirantes a diputados locales.

MC se dirigió a la Sala Regional Ciudad de México para refutar la sanción, pero los magistrados federales concluyeron infundados sus argumentos, de tal manera que las irregularidades seguían en pie.

En uso de los recursos, el partido presentó ante la Sala Superior la impugnación, será esa instancia quien determine finalmente si debe cumplir con la multa económica que le impuso el INE, quien hará de conocimiento al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones para proceder al cobro de las sanciones impuestas al partido político en el ámbito local.

De acuerdo con lo que ordenaron los consejeros del INE, las multas se harán efectivas a partir del mes siguiente a aquél en que quede firme cada una de ellas.

CONTEXTO

  • Según el informe del INE, MC registró siete observaciones. Omitió presentar 14 estados de cuenta e igual número de conciliaciones bancarias, cotizaciones y evidencia de la producción de spot y muestra de periódicos.
  • Tan solo en esa irregularidad, la multa fue de 20 Unidades de Medida y Actualización para el ejercicio en turno.
  • El resto de las observaciones son referentes a que informó de manera extemporánea 14 eventos de la agenda de actos públicos, de manera posterior a su celebración; además de reportar extemporáneamente 17 eventos de la agenda de actos públicos, registró aportaciones en especie por concepto de propaganda y gastos operativos, pero omitió presentar la documentación que compruebe el origen del recurso.
  • También omitió realizar el registro contable de 54 operaciones que comprenden al periodo normal en tiempo real, excediendo los tres días posteriores en que se realizó la operación.

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