La decisión de prohibir el matrimonio infantil en México fortalece la protección de los derechos de niñas, niños y adolescentes del Estado de Tlaxcala, señaló la secretaria ejecutiva del Sistema de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes (SIPINNA), Patricia López Aldave.
Con la entrada en vigor a partir de este cuatro de junio de la reforma del artículo 148 del Código Civil Federal, que establece la prohibición de este tipo de prácticas en 31 estados del país a excepción de Baja California que aún contempla dispensas en su legislación local.
La funcionaria refirió que en la entidad desde el año 2010 se estableció en el Código Civil Familiar como edad mínima los 18 años para poder contraer matrimonio, pero fue hace dos años y medio que se eliminaron las dispensas que aún se contemplaban.
Explicó que, si bien estaba prohibido el matrimonio infantil, existían algunas excepciones que establecían que los menores de edad podrían contraer matrimonio con autorización de sus padres o tutores, inclusive con la autorización de un juez, autoridad municipal o hasta del Gobernador.
A partir del 30 de diciembre de 2016, con la publicación del Decreto número 304 en el Periódico Oficial de Tlaxcala que establece la modificación de los artículos 46, 48 y 49, así como la derogación del artículo 47 del Código Civil local, dejando prohíbo el matrimonio infantil.
Estas medidas permitirán al SIPINNNA fortalecer las acciones de protección a menores.
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