Clausura la Profepa obra carretera de Tlaxco

Las actividades realizadas en un tramo de 3.5 kilómetros se hicieron fuera del plazo de tres años

Arled Jarillo | El Sol de Tlaxcala

  · miércoles 5 de febrero de 2020

La Profepa clausuró de manera total temporal el proyecto “Modernización del camino rural: Cárdenas – Atotonilco y Ramal a la Ciénega” /CORTESÍA PROFEPA

Por incumplir los términos y condicionantes en materia de impacto ambiental autorizados por la Secretaría de Medio Ambiente y Recursos Naturales (Semarnat), la Procuraduría Federal de Protección al Ambiente (Profepa) clausuró de manera total temporal el proyecto denominado “Modernización del camino rural: Cárdenas – Atotonilco y Ramal a la Ciénega del Km. 3+000 al Km. 20.000+322 y del Km. 0+000 al Km. 7+000”, ubicado en el municipio de Tlaxco.

Al realizar una visita de inspección a la obra en proceso, los funcionarios de Profepa determinaron que las actividades realizadas en un tramo de 3.5 kilómetros, entre las que se encontraban la nivelación de caminos, construcción de cunetas y salidas de agua, se hicieron fuera del plazo de tres años para realizar las etapas de preparación de sitio y la construcción, concedido en la autorización de impacto ambiental.

Lo anterior, pese a que el promovente pudo haber tramitado una modificación de vigencia para el plazo concedido, previa acreditación y cumplimiento satisfactorio de todos los términos y condicionantes del resolutivo.

ORDENÓ LA CLAUSURA TOTAL TEMPORAL DEL PROYECTO

Ante ello, la Profepa ordenó como medida de seguridad la clausura total temporal del proyecto, con fundamento en el artículo 170 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente (LGEEPA).

El promovente podrá hacerse acreedor a una multa por el equivalente de 30 hasta 50 mil veces la Unidad de Medida y Actualización de conformidad con la LGEEPA. Además, está obligado a llevar a cabo las actividades de compensación del daño, independientemente de las sanciones penales que pudieran resultar de sus acciones.

FUNDAMENTO

La Profepa actuó con fundamento en el artículo 170 de la Ley General del Equilibrio Ecológico y Protección al Ambiente.

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