La Secretaría de Planeación y Finanzas emitió las reglas de operación del Programa de Resarcimiento a las Finanzas Municipales del Estado de Tlaxcala, para la ejecución de 486 millones 250 mil pesos destinados a 373 proyectos de obras y acciones en 58 municipios.
Las normas establecidas señalan que los apoyos se entregarán de manera directa al beneficiario sin intermediarios, solo podrán acceder a un tipo de apoyo, además de que el municipio ejecutor tendrá que presentar un expediente técnico que contenga presupuesto a base de precios unitarios, metas establecidas, número de beneficiarios y croquis de localización.
También tendrá que especificar el proceso de adjudicación, contratación, ejecución, supervisión y comprobación para transparentar la recepción y ejercicio de los recursos públicos del programa, informes que se remitirán al Congreso local a través de la cuenta pública.
Cabe señalar que este esquema de apoyo es gratuito y no requerirá participación económica alguna de los beneficiarios, o entes ejecutores, a menos de que se decidan incrementar metas.
Los montos de apoyo tendrán que ser aplicados antes del 31 de diciembre, pues de no ser devengado el recurso, este tendrá que ser reintegrado a la Secretaría a más tardar el día 15 de enero del año 2021.
SUJETOS DE APOYO Y REQUISITOS
Las pautas avaladas refieren que serán sujetos de apoyo, todas las personas físicas o morales que sean originarias o radiquen en los 58 municipios beneficiados con una antigüedad mayor a tres años, y podrán obtener calentadores solares, computadoras, apoyo gratuito de semillas, fertilizante e implementos agrícolas, material de construcción, equipamiento y herramientas.
Para poder acceder a estos beneficios es necesario que presenten copia de identificación oficial, comprobante de domicilio, descripción del proyecto, copia certificada de acta de nacimiento, Clave Única de Registro de Población, carta compromiso y solicitud de apoyo.
En caso de persona moral o comité de padres de familia también tendrán que integrar la copia del acta constitutiva de la sociedad o comité.
Si solicitan un calentador solar, los interesados tendrán que acreditar la propiedad legal de la vivienda donde será instalado el implemento, para computadoras es necesario integrar el comprobante de estudios.
Mientras que para la adquisición de implementos agrícolas, fertilizantes, o semillas, los beneficiarios deben tener constancia de productor y presentar la legal posesión del predio agrícola.
En las 58 comunas se contará con un comité de participación social y la Contraloría Interna del municipio, realizarán la supervisión de la aplicación de los apoyos.
Bajo ningún concepto podrán ser beneficiarios de estos apoyos servidores públicos o integrantes de órganos administrativos de los municipios.
LAS COMUNAS
- Están obligadas a elaborar y publicar el listado de beneficiarios y de los solicitantes rechazados en la ventanilla correspondiente, además de realizar un estudio socioeconómico, para dar preferencia a los solicitantes que se encuentren en situación vulnerable, mujeres y personas de la tercera edad.
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