/ sábado 8 de junio de 2024

Emite CEDH recomendación a alcalde interino de Apizaco y al director de Seguridad por violentar los derechos de una persona detenida

Por la violación a los derechos a la legalidad, seguridad jurídica, a la integridad y seguridad personal de una persona detenida

La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió la recomendación 05/2024 al presidente municipal interino de Apizaco, David Monter Ríos y al director de Seguridad Pública, Vialidad y Transporte, Víctor Alberto Caña López, por violentar los derechos humanos a la legalidad, integridad, seguridad personal y seguridad jurídica de una persona detenida.

En la observación se advierte la responsabilidad de personal adscrito a la Dirección de Seguridad Pública, Vialidad y Transporte del municipio de Apizaco, por actos y omisiones en ejercicio de sus funciones, así como violaciones a los derechos humanos de la víctima del expediente 03/2023/SVG-RN.

➡️Síguenos en nuestro canal de WhatsApp y recibe las noticias más relevantes de Tlaxcala, México y el Mundo

Una videograbación certificada originó una queja de oficio y un reporte descriptivo de los hechos observados en el video, elementos que dieron pie a la investigación correspondiente por parte de la Segunda Visitaduría General Región Norte de la CEDH, instancia que obtuvo pruebas para demostrar la transgresión de derechos humanos a la persona detenida.

LOS HECHOS


En la videograbación se observa que ingresan unidades a las instalaciones de seguridad pública de Apizaco, y que elementos de seguridad tratan de forma violenta a un hombre y son visibles agresiones físicas que sufrió.

Lee más: ➡️Nuevo encontronazo en la carretera Tlaxco-Apan, deja tres lesionados

Por lo que se advierte la transgresión de derechos humanos en detrimento de la persona detenida, al ser sometido con uso excesivo de la fuerza y golpes, además de conductas de omisión por parte de dos elementos policíacos que presenciaron los hechos y no intervinieron en el acto para salvaguardar la integridad física de la persona.

➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo

Dichas pruebas se relacionan con los informes rendidos por las autoridades responsables, el informe policial homologado y pruebas documentales, y se determina que las autoridades incumplieron con las obligaciones que les impone la ley e incurrieron en acciones y omisiones evidentes en su actuar.

Al determinar la comisión de la falta, el organismo autónomo determinó que el Órgano Interno de control del ayuntamiento substancie el procedimiento de responsabilidad administrativa a las autoridades responsables del acto de omisión. Y quienes ejercieron violencia se les continúe el procedimiento administrativo de acuerdo a la Ley de Seguridad Pública del estado de Tlaxcala y sus Municipios.

También deberán ofrecer una disculpa pública por parte del presidente municipal interino, así como establecer el compromiso de la no repetición, asumiendo la obligación de cumplir con lo señalado en el punto recomendatorio.

Asimismo, tendrá que llevar a cabo las gestiones necesarias para que se otorgue a la víctima la reparación integral del daño, atención psicológica y compensación económica. También publicar de manera íntegra la recomendación en el sitio web del ayuntamiento.

Al igual que la gestión necesaria para inscribir a la víctima en el Registro Estatal de Víctimas.

La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió la recomendación 05/2024 al presidente municipal interino de Apizaco, David Monter Ríos y al director de Seguridad Pública, Vialidad y Transporte, Víctor Alberto Caña López, por violentar los derechos humanos a la legalidad, integridad, seguridad personal y seguridad jurídica de una persona detenida.

En la observación se advierte la responsabilidad de personal adscrito a la Dirección de Seguridad Pública, Vialidad y Transporte del municipio de Apizaco, por actos y omisiones en ejercicio de sus funciones, así como violaciones a los derechos humanos de la víctima del expediente 03/2023/SVG-RN.

➡️Síguenos en nuestro canal de WhatsApp y recibe las noticias más relevantes de Tlaxcala, México y el Mundo

Una videograbación certificada originó una queja de oficio y un reporte descriptivo de los hechos observados en el video, elementos que dieron pie a la investigación correspondiente por parte de la Segunda Visitaduría General Región Norte de la CEDH, instancia que obtuvo pruebas para demostrar la transgresión de derechos humanos a la persona detenida.

LOS HECHOS


En la videograbación se observa que ingresan unidades a las instalaciones de seguridad pública de Apizaco, y que elementos de seguridad tratan de forma violenta a un hombre y son visibles agresiones físicas que sufrió.

Lee más: ➡️Nuevo encontronazo en la carretera Tlaxco-Apan, deja tres lesionados

Por lo que se advierte la transgresión de derechos humanos en detrimento de la persona detenida, al ser sometido con uso excesivo de la fuerza y golpes, además de conductas de omisión por parte de dos elementos policíacos que presenciaron los hechos y no intervinieron en el acto para salvaguardar la integridad física de la persona.

➡️ Suscríbete a nuestro Newsletter y recibe las notas más relevantes en tu correo

Dichas pruebas se relacionan con los informes rendidos por las autoridades responsables, el informe policial homologado y pruebas documentales, y se determina que las autoridades incumplieron con las obligaciones que les impone la ley e incurrieron en acciones y omisiones evidentes en su actuar.

Al determinar la comisión de la falta, el organismo autónomo determinó que el Órgano Interno de control del ayuntamiento substancie el procedimiento de responsabilidad administrativa a las autoridades responsables del acto de omisión. Y quienes ejercieron violencia se les continúe el procedimiento administrativo de acuerdo a la Ley de Seguridad Pública del estado de Tlaxcala y sus Municipios.

También deberán ofrecer una disculpa pública por parte del presidente municipal interino, así como establecer el compromiso de la no repetición, asumiendo la obligación de cumplir con lo señalado en el punto recomendatorio.

Asimismo, tendrá que llevar a cabo las gestiones necesarias para que se otorgue a la víctima la reparación integral del daño, atención psicológica y compensación económica. También publicar de manera íntegra la recomendación en el sitio web del ayuntamiento.

Al igual que la gestión necesaria para inscribir a la víctima en el Registro Estatal de Víctimas.

Local

En las últimas dos décadas, Tlaxcala no ha estado exenta de pederastia

La Iglesia católica tuvo que implementar estrictos protocolos de protección a los menores de edad y a los ministros de culto

Local

Para el segundo semestre del año, pone iniciativa privada a disposición 443 vacantes

Se trata de 443 espacios laborales en el ramo industrial, automotriz, textil, confección, plásticos, comercio, servicios y turismo

Local

Fortalece sector salud la donación de sangre; cultura altruista para salvar vidas

El Centro Estatal de Transfusión Sanguínea dispone de mecanismos para recabar la sangre

Local

Pedalearon mujeres para “bici-bilizar” agresiones que han sufrido por parte de automovilistas; el contingente fue de Chiautempan a la Capital

Las ciclistas exigieron mejor infraestructura para poder desplazarse y no ser obstruido su tránsito por unidades motoras

Local

Última hora | Ernestina Carro Roldán renuncia como Procuradora de Tlaxcala; Liz Aurora Sánchez asume de manera temporal

No se descarta que su decisión forme parte del proceso para ocupar la titularidad de la Fiscalía General de Justicia del Estado que entra en vigor el próximo 1 de agosto

Local

Capacitó Fiscalía federal a alcaldes electos y directores policiacos en materia de detención y aseguramiento

Abordaron temas de competencia del Código Nacional de Procedimientos Penales, robo de transporte, medidas cautelares y prisión preventiva