Con la reforma a la Ley Municipal del estado de Tlaxcala, los ayuntamientos que no han cumplido con la entrega de su planeación para impulsar el desarrollo de sus demarcaciones, tendrán a más tardar los primeros días del mes de mayo para presentar la documentación.
Y es que, con la reforma realizada en enero pasado por los legisladores, las comunas cuentan con mayor tiempo para remitir al Congreso local el documento que establece las líneas de acción, objetivos y estrategias de su administración, el cual debe apegarse a lo que establece la política estatal.
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Conforme a los nuevos criterios establecidos, los ayuntamientos tendrán un plazo de 40 días naturales después de publicado el Plan Estatal de Desarrollo, para integrar la documentación correspondiente, que deberá contar con la opinión de la sociedad civil a través der diferentes instrumentos de consulta.
Previo a la reforma, los municipios tenían un plazo de cuatro meses después de asumir funciones para entregar al Poder Legislativo la planeación de trabajo para el periodo constitucional para el que fueron electos.
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Cabe señalar que a finales del mes de febrero solo 14 de los 60 municipios habían cumplido con esta obligación, 10 de estos lo hicieron en los cuatro meses posteriores al haber asumido funciones, mientras que las 46 comunas restantes tienen hasta principios del mes de mayo para cumplir con su obligación.
Conforme a la legislación local vigente, para la integración de los Planes Municipales de Desarrollo se tendrán que acatar nuevos criterios para la conformación de las políticas públicas, pues tendrá que integrarse la perspectiva de género; visión sustentable de desarrollo económico y medio ambiente; inclusión de personas con discapacidad, adultos mayores e indígenas; entre otros aspectos.
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Para conformar el documento los ayuntamientos podrán apoyarse de encuestas, consultas populares, foros de opinión, apoyo de especialistas e investigadores, asociaciones civiles, así como otras herramientas.
- 4 meses posterior a su instalación, es el plazo para integrar y publicar el documento, cuando solo haya relevo en los ayuntamientos y no en el Poder Ejecutivo.
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