Niega alcalde de Cuapiaxtla ser deudor alimentario, pese a la existencia de un mandato judicial

Dice que es un asunto político, a pesar de que existe un mandato judicial para la retención del 15 % de su salario

Jesús Zempoalteca | El Sol de Tlaxcala

  · viernes 8 de septiembre de 2023

El alcalde de Cuapiaxtla Antonio Romero negó ser deudor alimentario. Jesús Zempoalteca | El Sol de Tlaxcala

Como un asunto político calificó el presidente de Cuapiaxtla, Antonio Romero Rodríguez, a la demanda de pensión alimenticia de una de sus hijas, pues admitió que aspira a una curul en el Congreso local.

El pasado ocho de agosto el juez familiar del Distrito Judicial de Juárez, Artemio Juan Nava Varela notificó a los integrantes del ayuntamiento de Cuapiaxtla y al tesorero para que efectuaran las medidas pertinentes.

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Después del izamiento de Bandera en la ciudad capital, el alcalde minimizó el asunto y lo atribuyó a sus detractores políticos, pues conocen de su intención de participar como candidato a diputado local.

Desmiento totalmente, es un tema político por parte de mis detractores de Cuapiaxtla, usted sabe que se viene la parte política y todo el mundo saca diversas situaciones, entonces niego rotundamente esa situación, aseveró.

Respecto al mandato, dijo es “un documento falsificado y no tengo más que agregar… Mi hija es la presidenta honorifica Denise Guadalupe Romero Torres y es quien me acompaña, tiene 20 años, realmente ha sido una falsa información”.

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EL MANDATO

El mandato se dio en cumplimiento al auto del 22 de junio de 2023, relativo a las diligencias de alimentos provisionales, promovidas por Cruz N. y en representación de la menor identificada con las iniciales C.R.H. en contra del ahora alcalde.

Por medio del presente, solicito a usted informe a este juzgado el monto de la partida presupuestal que recibe el deudor alimentario Antonio Romero Rodríguez, así también proceda a retener de manera inmediata el 15 % del sueldo y demás prestaciones económicas que percibe, ordena.

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También señala que la retención se deberá hacer según acostumbren a pagar en el municipio o en su defecto la indemnización legal correspondiente, en el supuesto de renuncia o despido del deudor alimentario.

La retención, precisa, solo se realizará sobre las percepciones netas, después de los descuentos de impuestos, aportación de seguridad social y cuotas sindicales que legalmente procedan y la cantidad resultante sea puesta a disposición de la acreedora alimentaria por conducto de la señora Cruz N.

En caso de que el tesorero haga caso omiso al mandato judicial, advierte, será acreedor a una multa equivalente a 10 veces la Unidad de Medida de Actualización, en razón al valor diario, calculado de conformidad a lo establecido en el Código de Procedimientos Civiles vigente, por desacato.

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  • Romero Rodríguez alega que el mandato es “un documento falsificado” y lo atribuyó a sus detractores políticos.