No podrán ocupar cargos públicos los agresores por razones de género, deudores alimentarios ni acosadores

El dictamen de la Ley 3 de 3 deberá ser avalado por el 50 por ciento más uno de los ayuntamientos para que pueda ser constitucional.

Jesús Lima | El Sol de Tlaxcala

  · viernes 24 de noviembre de 2023

Por unanimidad de votos (19 de 25), el Pleno del Congreso del Estado aprobó la implementación en el estado de la conocida Ley 3 de 3. Jesús Lima | El Sol de Tlaxcala

Por mayoría de votos (19 de 25), el Pleno del Congreso del Estado aprobó la implementación en el estado de la conocida ley 3 de 3, con la cual deudores alimentarios, acosadores sexuales y agresores por razones de género ya no podrán ocupar un cargo público en cualquiera de los tres Poderes del Estado.

Lo anterior, para fortalecer la legislación vigente y proteger mucho más el derecho de las mujeres en el estado a vivir una vida libre de violencia, al adoptar medidas de prevención para que quienes ocupen o pretendan cargos públicos no estén en los supuestos antes señalados.

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Por unanimidad de votos (19 de 25), el Pleno del Congreso del Estado aprobó la implementación en el estado de la conocida Ley 3 de 3. Jesús Lima | El Sol de Tlaxcala

En este sentido, el dictamen avalado puntualiza que para que sea aplicable la persona debe tener sentencia firme, sea declarada responsable de violencia familiar o doméstica, o de violencia política contra las mujeres en razón de género en cualquiera de sus modalidades y tipos.

Además, agrega que a través de sentencia firme sea condenada por la comisión de algún delito contra la vida y la integridad corporal, contra la libertad y seguridad sexual y el normal desarrollo psicosexual o contra la intimidad sexual.

Aunado a lo anterior, añade que también aplicará para la persona que, por resolución firme, haya sido declarada deudora alimentaria y se encuentre en mora en el cumplimiento de su obligación alimentaria o esté inscrita, con registro vigente, en algún padrón de personas deudoras alimentarias.

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Sin embargo, puntualiza que queda sin efecto si esta persona acredita estar al corriente en el pago, cubra en su totalidad la deuda o garantice su cumplimiento por alguno de medios establecido en la ley, y todo ello durará el tiempo por el que se imponga la condena penal respectiva.

Empero, aclara que, si la resolución fuese dictada por una autoridad diversa a la jurisdiccional en materia penal, el impedimento se mantendrá por un lapso de tres años contados a partir del día siguiente a que quede firme.

Finalmente, puntualiza que tales adiciones a la Constitución Política del Estado de Tlaxcala, en lo relativo a los requisitos para que las personas puedan ser candidatas a un cargo de elección popular, iniciará su vigencia el primero de septiembre de 2024.

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PROPONE DIPUTADO CREAR REGISTRO ESTATAL DE DEUDORES

Por su parte, el diputado Juan Manuel Cambrón Soria presentó la iniciativa para que Tlaxcala pueda crear su propio registro local atendiendo los lineamientos del Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, el cual será un padrón que permitirá difundir información respecto a quiénes mantienen la calidad de deudores alimentarios morosos, es decir, en éste se inscribirá a las personas sentenciadas por autoridad judicial por haber dejado de cumplir sus obligaciones alimentarias.

De esta forma, el legislador indicó que la obligatoriedad de cumplir con las pensiones alimenticias para poder mantener sus derechos de ciudadanía y algunos de los trámites y servicios públicos, estriba en no estar inscrita la persona en el Registro Nacional de Obligaciones Alimentarias, acorde a las reformas constitucionales y legales.

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Asimismo, aseveró que con esta reforma para la inscripción en el registro impedirá que los deudores alimentarios puedan ser electas u ocupar cargo público alguno, no podrán obtener licencias o permisos para conducir, tramitar escrituras por los notarios públicos relativas a compraventa de bienes inmuebles y a la constitución o transmisión de derechos reales.