/ martes 30 de julio de 2024

Nulidad de triunfos en Tecopilco, Huamantla y Xiloxoxtla puede ser impugnada ante el TEPJF

En caso de quedar firmes, el Congreso deberá convocar a elecciones extraordinarias en esas demarcaciones

El Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) determinó, por diversas circunstancias, declarar nulos los triunfos electorales logrados el pasado dos de junio en Xiloxoxtla, Huamantla y Tecopilco, por lo que en esas demarcaciones la ciudadanía nuevamente deberá votar para elegir a los integrantes de sus ayuntamientos.

Más detalles: ➡️Valida el TET asignación de diputados plurinominales

Con las determinaciones del TET, quedaron sin validez los triunfos de Yazmín Jiménez Rugerio, abanderada de la alianza entre los Partidos Revolucionario Institucional y Acción Nacional, en Xiloxoxtla; de Salvador Santos Cedillo, del Partido Verde Ecologista de México, en Huamantla; así como de César Carrasco Cortés, también del Verde, en Tecopilco.

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Sin embargo, esas resoluciones todavía pueden ser impugnadas por los afectados –en caso de así decidirlo- ante la Sala Regional de la Ciudad de México y luego la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

En caso de quedar firmes, ya sea porque la parte actora decidió no acudir a instancias superiores o porque los magistrados del TEPJF confirmen la sentencia del tribunal local, será el Congreso de Tlaxcala el encargado de convocar a elecciones extraordinarias, a través de la Comisión de Asuntos Electorales.

No dejes de leer: ➡️Confirma el TET elección a gubernatura

¿CÓMO ES EL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO?

De acuerdo con lo que estipula la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala, las elecciones extraordinarias serán convocadas por el Congreso del Estado y se celebrarán en la fecha que señale la convocatoria que el Poder emita, la cual se expedirá dentro de los 45 días naturales siguientes a la fecha en que se haya declarado la nulidad de la elección de que se trate.


Te recomendamos: ➡️Amplia el TET sus tiempos para resolver impugnaciones

El Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) ajustará los plazos fijados en la ley para los procesos electorales ordinarios; es decir, una vez que el Poder Legislativo haya establecido la fecha de la jornada, el órgano electoral determinará el resto de las etapas.

De la misma forma, será el órgano autónomo el encargado de hacer los ajustes necesarios para la asignación de prerrogativas de los partidos políticos y candidatos independientes que participen en el proceso electoral extraordinario, con la elaboración del proyecto de presupuesto correspondiente.

Lee más: ➡️Respeto impugnación de mi partido: diputada

La ley dice en el caso de los candidatos independientes que hayan participado en una elección ordinaria anulada, tendrán derecho a competir en las extraordinarias correspondientes, salvo que el candidato de que se trate haya sido sancionado con la nulidad de la elección.

Y establece que los partidos políticos y las coaliciones garantizarán la igualdad de género en proporciones de 50 % en candidaturas propietarias y suplentes.


El Tribunal Electoral de Tlaxcala (TET) determinó, por diversas circunstancias, declarar nulos los triunfos electorales logrados el pasado dos de junio en Xiloxoxtla, Huamantla y Tecopilco, por lo que en esas demarcaciones la ciudadanía nuevamente deberá votar para elegir a los integrantes de sus ayuntamientos.

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Con las determinaciones del TET, quedaron sin validez los triunfos de Yazmín Jiménez Rugerio, abanderada de la alianza entre los Partidos Revolucionario Institucional y Acción Nacional, en Xiloxoxtla; de Salvador Santos Cedillo, del Partido Verde Ecologista de México, en Huamantla; así como de César Carrasco Cortés, también del Verde, en Tecopilco.

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Sin embargo, esas resoluciones todavía pueden ser impugnadas por los afectados –en caso de así decidirlo- ante la Sala Regional de la Ciudad de México y luego la Sala Superior del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF).

En caso de quedar firmes, ya sea porque la parte actora decidió no acudir a instancias superiores o porque los magistrados del TEPJF confirmen la sentencia del tribunal local, será el Congreso de Tlaxcala el encargado de convocar a elecciones extraordinarias, a través de la Comisión de Asuntos Electorales.

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¿CÓMO ES EL PROCESO ELECTORAL EXTRAORDINARIO?

De acuerdo con lo que estipula la Ley de Instituciones y Procedimientos Electorales para el Estado de Tlaxcala, las elecciones extraordinarias serán convocadas por el Congreso del Estado y se celebrarán en la fecha que señale la convocatoria que el Poder emita, la cual se expedirá dentro de los 45 días naturales siguientes a la fecha en que se haya declarado la nulidad de la elección de que se trate.


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El Consejo General del Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) ajustará los plazos fijados en la ley para los procesos electorales ordinarios; es decir, una vez que el Poder Legislativo haya establecido la fecha de la jornada, el órgano electoral determinará el resto de las etapas.

De la misma forma, será el órgano autónomo el encargado de hacer los ajustes necesarios para la asignación de prerrogativas de los partidos políticos y candidatos independientes que participen en el proceso electoral extraordinario, con la elaboración del proyecto de presupuesto correspondiente.

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La ley dice en el caso de los candidatos independientes que hayan participado en una elección ordinaria anulada, tendrán derecho a competir en las extraordinarias correspondientes, salvo que el candidato de que se trate haya sido sancionado con la nulidad de la elección.

Y establece que los partidos políticos y las coaliciones garantizarán la igualdad de género en proporciones de 50 % en candidaturas propietarias y suplentes.


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