Orden de restricción, medio contra agresiones

Claudia Gray Verboonen, especialista en el tema, destacó la importancia de usar a las órdenes de protección

Karla Muñetón | El Sol de Tlaxcala

  · sábado 26 de noviembre de 2022

Al dictar una conferencia, Claudia Gray Verboonen destacó la importancia de usar a las órdenes de protección. | Karla Muñetón

Al dictar una conferencia magistral con motivo del Día Internacional de la Eliminación de la Violencia contra la Mujer, Claudia Gray Verboonen, especialista en el tema, destacó la importancia de usar a las órdenes de protección como un instrumento para combatir la violencia de género.

En las instalaciones del Teatro Universitario de la Universidad Autónoma de Tlaxcala en donde disertó el tema “Órdenes de protección como herramienta para la prevención de la violencia contra la mujer”, la consultora sostuvo que el 25 de noviembre no solo debe ser una oportunidad de reflexión, sino que tiene que ser una fecha que se convierta en una acción afirmativa para erradicar ese flagelo.

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Informó que la estadística en México señala que siete de cada 10 mujeres (que lo reconocen) han vivido alguna experiencia de violencia, de cualquier tipo y en cualquier ámbito; y aseveró que se trata de un problema histórico, estructural y sistemático que está cimentado y en construcciones sociales que definen al país.

Además, indicó que una mujer tarda hasta 10 años en salir de una relación violenta y que en ese lapso agota sus redes de apoyo y auxilio y pierde credibilidad de su familia, amigos y autoridades porque siempre regresa con su agresor, pero aclaró que lo hace porque su voluntad está permeada por el contexto de violencia.

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Por eso, habló de la importancia de difundir y de realmente ejecutar las órdenes de protección, definidas como un instrumento jurídico para mujeres supervivientes de la violencia, una herramienta que fue introducida a México hace escasos 20 años, cuando fue tipificado el feminicidio.

Claudia Gray Verboonen enfatizó que para solicitar una orden el único requisito es la buena fe de la víctima, por lo que las autoridades deben darle crédito a su relato, de ahí que no sea necesario que la violencia sea reciente, extrema, que hayan heridas graves, que haya testigos o pruebas, que sea iniciado un proceso de divorcio o que deba comprobar una relación entre ellos.

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Aunque depende de la legislación de cada estado, la conferencista detalló que las órdenes de protección son exclusivas para mujeres y niñas en situación de violencia, que establece medidas de protección y seguridad de naturaleza penal y civil, y que debe activar mecanismos de protección social a su favor. Pueden ser a petición de ellas mismas o de alguien más.

Comentó que el principal objetivo de esos instrumentos es evitar que la persona agresora tenga contacto con la víctima o con las víctimas indirectas y durará el tiempo quien sea necesario, hasta que no haya riesgo para la mujer; en el caso de Tlaxcala la ley dice que es por 60 días y puede ser prorrogada por 30 días, y puede ser solicitada nuevamente.

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Ante decenas de asistentes, expuso que algunos de los efectos de esas órdenes de protección son la desocupación de la casa por parte del agresor, el traslado de víctimas a sitios que sean seguros (albergues), auxilio policíaco de reacción inmediata y la suspensión temporal del régimen de visita con los hijos.

Dijo que para determinar el tipo, la intensidad y la vigencia de la orden de protección, las autoridades deben valorar las características del tipo de violencia, el contexto en el que vive la mujer y hasta la peligrosidad del agresor.

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