Ordena TET que PRD sí participe en elección de Santa María Capulac, pero no en la de Tecopilco

Deberá el Instituto entregar el financiamiento correspondiente

Jesús Lima / El Sol de Tlaxcala

  · sábado 19 de octubre de 2024

El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala ordenó al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) le permita al Partido de la Revolución Democrática (PRD) participar en la elección extraordinaria. Foto: Captura de pantalla

Por unanimidad de votos, el Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala ordenó al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) le permita al Partido de la Revolución Democrática (PRD) participar en la elección extraordinaria para elegir titular de la presidencia de comunidad de Santa María Capulac, en Tetla, no así para la de San Lucas Tecopilco.

En sesión extraordinaria realizada la noche de este sábado, el TET además ordenó al ITE le entregue financiamiento al PRD para poder participar de dicha elección extraordinaria, para lo cual instruyó al ITE la modificación parcial del Acuerdo ITE-CG 244/2024 por el que declaró la cancelación de la acreditación local de ese instituto político y lo relativo a su financiamiento público local.

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En este sentido, el TET consideró que le asiste la razón al partido de manera parcial, pues sí tiene derecho a participar en el proceso electoral local extraordinario 2024, esto en virtud de que registró candidaturas, propietaria y suplente, para la elección de la persona titular de dicha la presidencia de comunidad.

El Pleno del Tribunal Electoral de Tlaxcala ordenó al Instituto Tlaxcalteca de Elecciones (ITE) le permita al Partido de la Revolución Democrática (PRD) participar en la elección extraordinaria. Foto: Captura de pantalla

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Sin embargo, puntualizó que no hizo lo propio para la integración del ayuntamiento de San Lucas Tecopilco en el proceso ordinario, de ahí que no le será posible postular candidata o candidato para el próximo 24 de noviembre.

De igual forma, el TET consideró que si el PRD sí participará en el proceso extraordinario, es su derecho contar con el financiamiento público local para destinarlo a sus actividades ordinarias y específicas, y no para su proceso de liquidación.

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EL DATO

El TET ordenó modificar parcialmente el acuerdo impugnado e instruyó al Consejo General del ITE dar cumplimiento a la sentencia dictada en el presente juicio electoral.