Pendiente, dictamen a iniciativas preferentes

El ocho de febrero es la fecha límite

Karla Muñetón | El Sol de Tlaxcala

  · lunes 31 de enero de 2022

Las reformas buscan garantizar el bienestar de los tlaxcaltecas, dice la Segob / Karla Muñetón | El Sol de Tlaxcala

El ocho de febrero es la fecha límite para que los diputados locales dictaminen, al interior de las comisiones a las que fueron remitidas, las dos iniciativas preferentes que el pasado 19 de enero envío la gobernadora Lorena Cuéllar Cisneros.

Una de ellas es la propuesta para reformar la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tlaxcala, cuyo fin es consolidar la estructura orgánica y operativa del gobierno estatal.

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La otra propuesta es para modificar la Ley de Desarrollo Social del Estado de Tlaxcala para adecuarla a la nueva realidad que vive la entidad.

Al respecto, Sergio González Hernández titular de la Secretaría de Gobierno (Segob), indicó que los diputados locales tienen un plazo de 20 días a partir de que fueron presentadas las iniciativas preferentes, y confió en que los legisladores locales harán un análisis profundo y que, por lo tanto, ambas propuestas serán avaladas.

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Comentó que dichas reformas tienen la intención de garantizar el bienestar de los tlaxcaltecas y consolidar la reorganización de toda la administración y estructura estatal.

Mencionó que la ley da la oportunidad al Ejecutivo para que pueda enviar dos iniciativas que considere importantes de analizar y aprobar, por lo que fueron envidadas las que contribuirán para el desarrollo democrático del estado, para fortalecer el sistema jurídico y para el bienestar de los ciudadanos.

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QUÉ DICE LA LEY

La ley señala que en la apertura de cada periodo ordinario de sesiones, el titular del Ejecutivo podrá presentar hasta dos iniciativas para trámite preferente o señalar con tal carácter hasta dos que hubiere presentado en periodos anteriores cuando estén pendientes de dictamen.

Dice que en el caso de las iniciativas preferentes la comisión o comisiones dictaminadoras deberán discutirla y votarla en un plazo máximo de 20 días naturales, contados a partir de su presentación o de que se reciba el oficio, en un plazo improrrogable.

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