Como resultado de la determinación del Congreso de la Unión de designar a Rosario Piedra Ibarra titular de la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH), el expresidente de la comisión estatal en la materia, Francisco Mixcoatl Antonio, interpuso un amparo en contra de dos artículos de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos que establecen que los “actos soberanos” de los poderes legislativos federal y locales, no pueden ser impugnados.
En conferencia de prensa, detalló que el recurso fue promovido ante la justicia federal y destacó que “lo hizo porque esto no puede ser posible en un estado de derecho, porque indefensión a los ciudadanos”.
Resaltó que la determinación de nombrar a la titular de la CNDH fue motivo para que se promovieran varios recursos de revisión que fueron desechados al argumentar que fue un acto soberano.
Desde su punto de vista, el nombramiento no está legitimado, pues Piedra Ibarra dejó de manifiesto su militancia en el partido Movimiento Regeneración Nacional.
Con estas acciones, Mixcoatl Antonio resaltó que su intención es que con estas acciones las determinaciones de los poderes legislativos, que tienen que ver con designaciones, remoción o suspensión de funcionarios públicos, no sean inatacables.
La inconformidad fue promovida ante el Juzgado Segundo de Distrito con el número 003323/2019, con la intención de que si es desechada pueda llegar a la Suprema Corte de Justicia de la Nación, o hasta la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
ENTÉRATE
- Los artículos 110, párrafo sexto, y el 111, párrafo sexto, de la Carta Magna, establecen que las resoluciones del Congreso de la Unión son inapelables.
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