/ jueves 6 de julio de 2023

Por caso de tortura Comisión Estatal de Derechos Humanos emite recomendación a PGJE

Debido a que estos actos derivaron en la muerte de una persona, en abril de 2022

La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió lamuerte cerebral 03/2023, a la titular de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), Ernestina Carro Roldán, por un caso de tortura registrado en abril de 2022 que derivó en la muerte de una persona.

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El organismo en pro de los derechos de las personas argumento la violación a las garantías de la legalidad y seguridad jurídica, a la vida, la integridad y seguridad personal a consecuencia de actos de tortura, inferidos para obtener información, a partir de sufrimientos graves físicos.

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Los actos de tortura, de acuerdo con el número de expediente CEDHT/PVG/43/2022, derivaron en la muerte de la víctima directa en abril de 2022, hechos por los que resultaron responsables seis personas servidoras públicas, integrantes de la Policía de Investigación de la PGJE.

Como parte de este expediente también se derivaron tres víctimas indirectas, que son la madre, el padre y la esposa de la víctima directa.

Más información:➡️Pide CEDH a Congreso local comparecencia de alcalde de Apizaco

De acuerdo con la investigación de la CEDH, el 27 de abril de 2022 dos agentes de la Policía de Investigación adscritos a la PGJE llegaron al domicilio de la víctima directa, informando al padre que ésta estaba herida en el hospital y se tenía que presentar allá con documentación oficial de identificación.

Al llegar al Hospital General, el padre solicitó acceso para conocer el estado de salud de su hijo, por lo que cuando ingresó observó que estaba intubado, conectado a varios aparatos médicos y era visible que su cuerpo estaba golpeado, su abdomen muy maltratado y su cabeza inflamada y golpeada. El médico le indicó que tenía víctima y que se encontraba en estado muy delicado.

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La doctora coordinadora del turno vespertino del hospital, informó que la víctima directa se encontraba en el área de choque, en urgencias, y que los paramédicos lo ingresaron sin estímulo verbal, doloroso y sin reacción a la luz.

También refirió que una ambulancia del Hospital dio alcance a una camioneta de la PGJE, la cual había solicitado el apoyo con el argumento de que la víctima había convulsionado y no podía ser reanimada.

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Mientras que, los paramédicos afirmaron que encontraron a la víctima directa con policías de Investigación, quienes a su vez refirieron que la víctima fue detenida en la vía pública de Zitlaltepec, trasladándola a la PGJE, pero al solicitarle sus datos convulsionó.

En tanto, el visitador general y la médico perito adscrita a la CEDH hicieron constar diversas lesiones en el cuerpo de la víctima directa, quien aún se encontraba con vida y de quien con posterioridad se reportó su muerte.

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No obstante, el informe de la necropsia de ley estableció que las lesiones que presentó en vida la víctima son compatibles con actos de tortura conforme a las directrices o lineamientos del Protocolo de Estambul, Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles.

Con esta recomendación la PGJE deberá instruir una investigación para la sustanciación y calificación de las faltas administrativas que incurrieron los seis elementos observados, así como ofrecer una disculpa pública, entre otras acciones.

La Comisión Estatal de Derechos Humanos (CEDH) emitió lamuerte cerebral 03/2023, a la titular de la Procuraduría General de Justicia del Estado (PGJE), Ernestina Carro Roldán, por un caso de tortura registrado en abril de 2022 que derivó en la muerte de una persona.

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Como parte de este expediente también se derivaron tres víctimas indirectas, que son la madre, el padre y la esposa de la víctima directa.

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De acuerdo con la investigación de la CEDH, el 27 de abril de 2022 dos agentes de la Policía de Investigación adscritos a la PGJE llegaron al domicilio de la víctima directa, informando al padre que ésta estaba herida en el hospital y se tenía que presentar allá con documentación oficial de identificación.

Al llegar al Hospital General, el padre solicitó acceso para conocer el estado de salud de su hijo, por lo que cuando ingresó observó que estaba intubado, conectado a varios aparatos médicos y era visible que su cuerpo estaba golpeado, su abdomen muy maltratado y su cabeza inflamada y golpeada. El médico le indicó que tenía víctima y que se encontraba en estado muy delicado.

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También refirió que una ambulancia del Hospital dio alcance a una camioneta de la PGJE, la cual había solicitado el apoyo con el argumento de que la víctima había convulsionado y no podía ser reanimada.

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No obstante, el informe de la necropsia de ley estableció que las lesiones que presentó en vida la víctima son compatibles con actos de tortura conforme a las directrices o lineamientos del Protocolo de Estambul, Manual para la investigación y documentación eficaces de la tortura y otros tratos o penas crueles.

Con esta recomendación la PGJE deberá instruir una investigación para la sustanciación y calificación de las faltas administrativas que incurrieron los seis elementos observados, así como ofrecer una disculpa pública, entre otras acciones.

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